Categorías: Tribunales y justicia

Absueltos los cinco acusados de tirotear a un hombre en el Príncipe

El magistrado del juzgado de lo Penal número dos ha dictado sentencia favorable para ‘Tafa Sodia’, ‘Toss’, ‘Manteca’, ‘Tapiño’ y Rachid M. tras un juicio que duró tres días.

El magistrado del juzgado de lo Penal número dos ha dictado sentencia absolutoria para los cinco acusados de tirotear a un hombre en las inmediaciones del Príncipe Alfonso en el año 1997. El juicio, que se celebró la semana pasada y se extendió durante tres días, contó con la participación de más de 30 personas y entre ellos la propia víctima de los disparos, Ismael, y varios de sus familiares. Entre las personas que se sentaban en el banquillo se encontraban Mustafa A., conocido como ‘Tafa Sodia’, Said A., apodado ‘Toss’, Abdeselam C., conocido como ‘Manteca’, Mustafa M., al que llamaron ‘Tapiño’, y Rachid M. Todos ellos quedan ahora libres de cargos a expensas de un posible recurso por parte de las acusaciones. Durante el juicio los acusados plantearon unas coartadas que fueron corroboradas por hasta siete testigos, que aseguraron haberles visto en otros lugares en el momento de los hechos.
Los hechos que se les imputaban a los ahora absueltos ocurrieron sobre las 20.30 horas del día 22 de octubre de 1997.  Se trata de un tiroteo que ocurrió en las inmediaciones del Puente del Quemadero. Según se dijo durante la vista oral, la víctima iba en un coche acompañado por algunos de sus familiares y un amigo cuando unos asaltantes, todos ellos armados con pistolas, obligaron al vehículo del tiroteado a parar en mitad de la carretera, sacando al conductor del coche y disparándole dos veces en la pierna izquierda. Mientras tanto sus familiares podrían haber sido retenidos por el resto de los asaltantes. Los denunciantes señalaron durante el juicio a casi todos los acusados como autores de los hechos, aunque ahora el juez les ha eximido de responsabilidad.
El Ministerio Fiscal solicitó en su escrito de acusación un año y seis meses de privación  de libertad para cada uno de los cinco acusados, ya que debido a la aplicación de una atenuante de dilaciones indebidas rebajó la pena de cinco años que inicialmente pedía. Además, solicitó el pago de 10.000 euros en concepto de indemnización solidaria para la víctima del tiroteo. Por su parte, la acusación particular mantenía su solicitud de cinco años de prisión además de la imposición de dos años más de cárcel por un presunto delito de amenazas. Las indemnizaciones que se pidieron finalmente fueron de 120.000 euros para la víctima y de 40.000 euros para los dos sobrinos. El magistrado del Penal número dos, valorando las pruebas practicadas durante el juicio, ha estimado no atender estas peticiones. Además, en caso de haber atendido la solicitud del Fiscal, es decir, la imposición de una pena de prisión de un año y seis meses, los acusados tampoco habrían ingresado en la cárcel, ya que todos ellos cumplieron en su día un año de prisión preventiva. Esto implicaría que habrían cumplido más de dos tercios de la pena, por lo que se les concedería el tercer grado, evitando así la prisión.
Por otro lado, esta absolución podría abrir la posibilidad a las defensas para que soliciten unas indemnizaciones por el tiempo que los acusados pasaron en prisión preventiva en su día.

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