Todos absueltos. Se ha cumplido lo que se esperaba. Los seis acusados de perpetrar las quemas de bienes propiedad de agentes de la UDYCO y de sus familiares han sido absueltos por la magistrada del Juzgado de lo Penal número 1 de Ceuta, 24 horas después de haber terminado la última de las tres sesiones de juicio oral que se han estado celebrado desde este lunes.
La absolución, reflejada en la sentencia a la que ha tenido acceso El Faro de Ceuta, implica además la puesta en libertad del único de los acusados que estaba en prisión, aunque no la abandonará porque está cumpliendo condena por otras causas. La magistrada se basa en la nulidad acordada antes del inicio de la primera sesión, al no hallarse un oficio en el procedimiento del que partieron todas las demás pruebas que sirvieron para ir deteniendo a los presuntos implicados. “No existe prueba de cargo suficiente para alcanzar una certeza objetiva sobre la participación de los acusados en los incendios”, expone.
La clave de esa nulidad afecta de lleno al corazón de la investigación, toda vez que se ciñe a la resolución que acordó la apertura, estudio, análisis y visualización del contenido de un teléfono móvil del que se sacó información para ir deteniendo a varias de las personas acusadas. No consta en las actuaciones dato alguno que permita conocer cómo apareció ese teléfono en estas actuaciones, ni en qué momento, ni a qué persona se le intervino, ni el informe policial interesando el acceso al mismo.
De ese famoso teléfono derivaron intervenciones telefónicas y posteriores actuaciones que llevaron al resto de identificaciones.
Así, en base esencialmente a dicha nulidad, se ha dictado sentencia absolutoria para todos los acusados: entre ellos el presunto autor intelectual de esas quemas, el sospechoso como organizador de la misma y los cuatro a los que se les aplicó el rol de ejecutores de las quemas de dos coches propiedad de agentes de la UDYCO y de un kiosco que pertenecía a una familiar.
Así las cosas, con esta sentencia contra la que cabe recurso, se pone el punto y final a una operación que se puso en marcha después de que la UDYCO investigara la posible relación de estas personas con los atentados que estaban sufriendo, considerando que además existía un motivo: que uno de ellos era íntimo amigo de uno de los considerados cabecillas de la Operación Monte de lucha contra el narcotráfico. Ahora, ante la inexistencia de pruebas porque todas quedaron anuladas incluso las declaraciones de los propios acusados, se cierra este asunto con la absolutoria para todos ellos y se pone el punto y final a una época que provocó el éxodo de muchos policías de este Grupo. Tuvieron que abandonar Ceuta o se cambiaron de Unidad.
Pese a la sentencia absolutoria queda recogido que nadie discute la existencia de los incendios. Y como bien explicó el jefe accidental de Bomberos, que esos siniestros fueron provocados. “El problema probatorio”, apunta la magistrada, “se centró en determinar la relación de los acusados con los incendios”. Anulada la mayor parte de la fuente de prueba, no cabe la existencia de fundamentos para poder justificar una condena y del calado de lo solicitado por el Ministerio Fiscal.
Antes de la nulidad, Fiscalía se apoya en pruebas como las intervenciones telefónicas o las declaraciones prestadas por los propios acusados en sede policial y judicial, amén de las imágenes grabadas. Pero todo esto pasó a ser inexistente desde el momento en que se consideró nulo el origen y por tanto viciadas todas sus consecuencias. “La nulidad del auto determinó, en aplicación de la doctrina de la conexión de la antijuricidad, la exclusión de las declaraciones policiales y judiciales prestadas por los acusados”, expone su señoría.
Así que cinco años después de esta hilera de sucesos, se queda sin sanción judicial una serie de comportamientos que no solo afectó seriamente a los propios policías -tal y como ellos reconocieron en la sede judicial- sino que también lo hizo sobre sus propias familias por el miedo sobrevenido o porque también fueron víctimas de quemas como sucedió con la hermana de uno de los agentes miembro que fue de la UDYCO.
En el procedimiento no aparecen ni los CD ni los DVD en los que se grabaron las intervenciones telefónicas que llevó a cabo la Policía. No constan en la causa siendo necesarias para tener “una visión total y objetiva de lo ocurrido”. Solo figuraban fotogramas y de muy mala calidad hasta el punto de que no se apreciaba nada. Reza en sentencia que también faltan las grabaciones de seguridad de la frontera del día de la quema de uno de los coches (existe del día anterior, incongruentemente) y que en los fotogramas extraídos de las cámaras aparecen imágenes que son de meses posteriores al día de los hechos. El Supremo indica que la eficacia probatoria de ese material está subordinada a su visualización, algo que no se pudo hacer.
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