La Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta ha absuelto a un taxista que había sido acusado de falsificación documental y estafa por parte del Ministerio Fiscal y la Acusación Particular.
Todo ello derivado de la denuncia interpuesta por otro profesional del sector para el que el acusado había trabajado de asalariado y que durante el tiempo que estuvo preso por una causa relacionada con el tráfico de drogas terminó perdiendo el taxi de su propiedad, supuestamente por una actuación irregular de su chófer.
La Audiencia no ha entendido que fuera así ni ha considerado la existencia de pruebas suficientes como para sostener una condena.
Los hechos a los que hace referencia esta sentencia, a cuyo contenido íntegro ha tenido acceso El Faro, se remontan al año 2009, cuando el acusado, mientras que el dueño del taxi para el que trabajaba estaba preso, inició un procedimiento para conseguir, como así sucedió, la transmisión de la licencia y el vehículo.
La Audiencia ha considerado la imposibilidad de conocer si esta gestión se hizo con consentimiento del dueño de la licencia o no; es decir, si existió una autorización oficial para que se ejecutara esa transmisión que conllevó la pérdida de la licencia que había ostentado hasta esa fecha.
Considera además que tampoco ha podido determinarse quién firmó o presentó los documentos o si existió consentimiento del supuesto estafado.
La clave de este caso se centraba en la respuesta a un cuestión: en qué circunstancias se produjo el cambio de titularidad de la licencia de ese taxi y del propio vehículo. Y la respuesta que ha motivado esta sentencia absolutoria es evidente: no se pudo alcanzar una convicción acorde con las tesis planteadas.
En el acto de juicio oral, que se celebró en dos sesiones el pasado marzo, el acusado insistió en no haber cometido ilegalidad alguna, habiéndose hecho con una licencia cuando, hipotéticamente estas no se pueden vender
Habría realizado un préstamo en su día a su jefe de 18.000 euros que, al no poder devolvérselo, se había ‘saldado’ con la transmisión de la licencia, aunque ese montante no casa con las cifras que, se estima, alcanzan las licencias.
La Audiencia no ha contado con sustento para justificar una condena ni para ahondar más en un caso con muchas dudas, incluso de corte administrativo, pero sí que apunta, a modo de “intuición”, que “las transmisiones de la licencia y el vehículo” pudieran tener su origen “en un acuerdo” entre las dos partes.
“Puede atisbarse incluso una causa” que no sería otra, dice la Audiencia, “que tratar de eludir cualquier responsabilidad, fundamentalmente pecuniaria, derivada de la condena por la comisión del delito contra la salud pública” que penaba el denunciante.
Incluso apunta a que ese pacto posible se habría frustrado generando un desencuentro que terminó con la formación de esta causa judicial. La imposibilidad de acreditar los hechos investigados ha llevado a la Audiencia a dictar sentencia absolutoria en torno a un asunto en el que, eso sí, nada ha quedado descartado.