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Absuelto de maltrato a su mujer: no quedaron probados los hechos

El Juzgado de lo Penal número 2 de Ceuta ha absuelto a un varón que había sido acusado de un delito de maltrato a su mujer por el que se enfrentaba a un año de prisión. Se le acusó de haberse abalanzado sobre su esposa aprovechando que salía del trabajo causándole lesiones.
Tal y como se recoge en sentencia a cuyo contenido ha tenido acceso El Faro de Ceuta, solo ha quedado probado que cerca de la medianoche del pasado 26 de octubre, la denunciante acudió a la Jefatura Superior de Policía para exponer que su marido le había maltratado, sin que se haya podido probar la realidad de los hechos.
La falta de pruebas suficientes como para sostener una acusación firme ha llevado al dictado de una sentencia absolutoria, toda vez que el acusado negó no solo la agresión sino que además aportó testigos con los que habría estado en el momento de haberse producido los hechos objeto de denuncia. Con el cotejo de las cámaras de un supermercado, se pudo comprobar que el acusado había permanecido buena parte de la tarde haciendo la compra con su madre, siendo cierto el relato ofrecido ante su señoría y coincidiendo la hora en que se encontraba en estas labores con la supuesta de la agresión.
Las testificales de testigos aportados por la víctima no son contundentes, sin que sea posible enervar el derecho fundamental a la presunción de inocencia del acusado, existiendo de hecho “una duda razonable” en torno a las mismas.
En sentencia quedan recogidas las declaraciones que varían en cuanto al relato de la supuesta agresión por lo que no han sido tenidas en cuenta amén de que chocan con lo demostrado por haberse recogido en grabaciones, siendo imposible que se estuviera en un sitio de Ceuta comprando y a la vez incurriendo en una agresión.

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