La magistrada titular del Juzgado de lo Penal número 2 ha absuelto a un vecino de Ceuta acusado de un delito de falsedad documental, por unos hechos relacionados con la intervención que, en noviembre de 2017, llevó a cabo el Servicio Marítimo de la Guardia Civil en una salida rutinaria llevada a cabo en la bahía sur. Cuando los agentes procedieron a revisar la documentación que portaba el patrón K.M.A., encontraron un pliego con copias de 14 adhesivos, siete con la marca, modelo y número de serie del motor Yamaha y otros siete correspondientes a los datos identificativos de la casa comercial, todos ellos vinculados al motor y elaborados por una imprenta de la ciudad. En la sentencia dictada por el Penal 2 y a cuyo contenido íntegro ha tenido acceso El Faro de Ceuta, se indica que “no resulta posible” la condena en base al escrito de calificación que presentó el Ministerio Fiscal, cuyo “relato de hechos no coincide con los hechos objeto de investigación”. Deja claro la juzgadora que no se ha acreditado que el acusado se encontrara navegando tras haber colocado sobre los motores de la embarcación los certificados adhesivos supuestamente falsificados que venían a ocultar las verdaderas características del motor, como se desprende de ese escrito.
En el propio atestado que llevó a cabo la Guardia Civil se indicó solo que el acusado navegaba ese día a bordo de la embarcación y que los agentes hallaron las pegatinas, sin que ninguna de ellas estuviera colocada en el motor.
El acusado, en el acto de juicio oral, negó los hechos de los que se le acusaba y manifestó que llevaba esos adhesivos entre la documentación después de que él mismo los hubiera encargado a una imprenta ofreciendo una clara respuesta bien alejada de cualquier comisión de un delito.
Portaba esas pegatinas porque las originales estaban un poco despegadas de cuando quisieron robar la embarcación, de ahí que las encargara a la imprenta por si la Benemérita le llamaba la atención ante una posible falta. Eso le llevó a sacar fotografías de las originales.
El representante de la casa Yamaha España en Ceuta ofreció una declaración fundamental al manifestar que el acusado acudió a su concesionario para pedir etiquetas a la casa fabricante con el número de motor para tener de recambio, manifestándoles desde Yamaha España que no las expedían e indicándoles que la manera de conseguir ese recambio era haciendo copias en imprentas. Es decir, la propia casa le orientó a hacer lo que el acusado hizo, sin prevalecer ánimo delictivo alguno. ¿Dónde estaba el delito? En ningún lado porque nunca existió.
No ha quedado más que dictar una sentencia absolutoria, recalcándose por parte de la juzgadora que la carga de la prueba corresponde únicamente a la Acusación, “sin que quepa exigir al acusado una probatio diabólica de los hechos negativos”.
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