El tribunal de la Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta ha absuelto al dueño de una embarcación que fue empleada para el tráfico de inmigrantes argelinos. Se enfrentaba a una pena de 6 años de cárcel por un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros. La lancha intervenida había sido declarada como robada y se empleó en un traslado irregular que dio pie a una mediática operación en la que todos los acusados que han ido desfilando ante la Audiencia, en diferentes juicios ya celebrados, han quedado absueltos.
Los hechos a los que hace referencia esta sentencia a cuyo contenido íntegro ha tenido acceso El Faro de Ceuta, tuvieron lugar en marzo de 2018, cuando 17 inmigrantes llegaron a bordo de una semirrígida hasta Algeciras. La investigación policial concluyó que habían pagado 2.000 euros cada uno para pasar desde la playa del Sarchal a la Península, a bordo de una semirrígida, estructurando los roles de una presunta organización para la comisión del delito.
El considerado por la Policía como presunto cabecilla de esa trama quedó absuelto tras una vista judicial celebrada entre diciembre de 2019 y febrero de 2020, a la que no asistió el ahora absuelto por lo que se le tuvo que declarar en rebeldía.
Este caso, que llegó a abrir los telediarios de las distintas cadenas de televisión nacionales, ha terminado judicialmente sin una condena, al no haberse podido demostrar la implicación de las personas que favorecieron los pases, cobraron por ellos y articularon el negocio que se nutría de súbditos argelinos que previamente eran introducidos por la frontera del Tarajal.
En el caso de marras, el llamado L.L.P. figuraba como propietario de la embarcación que fue intervenida por la Policía. En los fundamentos de la sentencia absolutoria dictada por el máximo órgano judicial en la ciudad, se hace alusión a la “relativamente poco clara forma en la que se documentaron las investigaciones policiales” lo que llevó a que se confundieran, en el escrito de Acusación, dos incidentes distintos. La inexistencia de pruebas que pudieran fundamentar una condena ha llevado al dictado de una sentencia absolutoria.
“Las pruebas fueron muy reducidas en cuanto a su número y se centraron en un día diferente al que habría acontecido la operación de traslado de inmigrantes a la Península, que constituía el núcleo de la acusación”, expone la Audiencia. El acusado señaló que carecía de cualquier relación con las demás personas vinculadas por la Policía con la operación y mantuvo que su embarcación había sido robada y que, como tal, lo había denunciado ante la Guardia Civil, siendo usada para el pase de inmigrantes sin su conocimiento.
La Audiencia recoge en su sentencia que no ha quedado acreditado que el acusado llevó a cabo alguna acción irregular, constatándose únicamente que era el titular de esa embarcación. El acusado reconoció que le costó alrededor de 24.000 euros, que se dedicaba a la construcción, pero que pudo hacerse con ella porque llevaba unos dos años ahorrando. Por otra parte dijo que no tiene permiso para llevar ese tipo de embarcación con 8 metros de eslora y que por eso la tenía amarrada hasta que pudiera obtener el especializado.
Cada uno de los acusados que ha ido desfilando ante la autoridad judicial (queda solo uno por juzgar) ha recibido la misma sentencia: absolutoria. Y la clave está en la falta de acreditación para sostener unos hechos toda vez que las confusas investigaciones policiales llevaron a la alteración de fechas de hechos de referencia en los que se habría cometido el delito. La detención de estas personas fue tan mediática que los telediarios abrieron con este operativo pero, es más, los principales medios del país informaban de personas detenidas cuando ya estaban en libertad, señalando incluso a un presunto jefe que nunca pisó los calabozos.
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