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Absuelto por dudas razonables: le acusaban de negarse al test de alcoholemia

Su Defensa presentó un informe médico con diagnóstico de posible EPOC

La magistrada del Juzgado de lo Penal número 1 de Ceuta ha absuelto a un ciudadano que se enfrentaba a 11 meses de prisión como responsable de un delito de negativa a someterse a las pruebas para comprobar la tasa de alcoholemia tras haber protagonizado un accidente.

Es la pena que solicitaba el Ministerio Fiscal por unos hechos ocurridos el 23 de junio del año pasado en las inmediaciones del Paseo de Colón. La Defensa, ejercida por el abogado Javier Izquierdo, puso de manifiesto que su cliente no es que no quisiera hacer dichas pruebas, sino que problemas respiratorios se lo impedían.

La Policía Local, cuyos agentes consideraron que presentaba signos de encontrarse bajo los efectos del alcohol, requirió al acusado para que se sometiera a un test con el etilómetro pero no pudo completarlo al no ser capaz de espirar lo suficiente para llevar esa prueba a su fin.

En sentencia, a cuyo contenido íntegro ha tenido acceso El Faro de Ceuta, queda recogido que de la prueba practicada ha resultado una “duda razonable” sobre si realmente existió una negativa por parte del acusado a someterse a la prueba de alcoholemia o si ciertamente lo que sucedió es que no pudo practicarla por problemas respiratorios.

Fiscalía acusó del delito recogido en el artículo 383 del Código Penal, que contempla que el acusado debe negarse a someterse a las pruebas, pudiendo aplicársele una condena de hasta un año de cárcel y privación del derecho a conducir hasta 4 años.

“El término someterse no es otra cosa que hacer que una determinada persona soporte cierta acción de forma que la omisión de este definitivo sometimiento se da tanto cuando el sujeto activo omite desde el inicio la actividad impuesta”, recoge entre otros apuntes dicho artículo.

Los agentes de la Policía Local reflejaron en el atestado que requirieron al acusado para hacerse la prueba, que se la llegaron a hacer un montón de veces, “pero siempre quedaba interrumpida porque no soplaba lo suficiente”. Uno de los policías concretó que no creía que el acusado estuviera haciendo esto de manera intencionada, detallando que podría tener un problema para soplar.

De hecho el acusado indicó que efectivamente sufría problemas respiratorios, aportándose por parte de su abogado un informe de un neumólogo en el que se le diagnosticaba un posible EPOC.

Al surgir dudas razonables sobre la conducta dolosa del acusado se ha dictado una sentencia absolutoria.

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