R.A. fue ayer absuelto por la magistrada del Juzgado de lo Penal número 1 de un delito de apropiación indebida al considerar la inexistencia de pruebas de cargo que vulnerara la presunción de inocencia que lo asistía. R.A. estaba acusado de haber sustraído 751 euros de la empresa de reparto en la que trabajó entre enero de 2017 y marzo de 2018, fecha en la que recibió una nueva oferta laboral y abandonó la empresa.
Durante la vista oral, R.A. defendió que el dinero de la recaudación se guardaba en un caja fuerte a la que varios empleados tenían acceso, mientras que el responsable de la empresa llamado a declarar no supo concretar si realmente se había ingresado esa cantidad ya que nunca se confirmó con el cliente. El hecho, además, de que la empresa tardara varios días después de la marcha de R.A. en constatar la falta del dinero fue determinante para que la magistrada dictara in voce la sentencia absolutoria.