La magistrada del Juzgado de lo Penal número 1 ha dictado sentencia absolutoria a favor de R.A.M. por un delito contra la ordenación del territorio, debido a un fallo en la aplicación del sistema de digitalización implantada hace dos años para alcanzar así el ‘papel cero’ en los procedimientos a desarrollar en el ámbito judicial.
La decisión adoptada durante la vista oral ha estado motivada por un fallo en la documentación escaneada en la aplicación informática y que fue imposible visibilizar para llevar a cabo la celebración del juicio.
La imposibilidad de recuperar dichos documentos debido a que fueron aportados una vez redactado el escrito de acusación, llevaba a una absolución de la acusada, al no encontrarse las pruebas necesarias que desvirtuaran su presunción de inocencia.
R.A.M. estaba acusada de un delito contra la ordenación del territorio por una obra en una parcela de la calle Virgen de la Luz. El pasado 22 de mayo de 2014, agentes de la Policía Local se personaron en dicho lugar para realizar una inspección, comprobando que se había procedido a construir un edificio de tres plantas.
En el escrito de acusación se recoge que dicha obra había sido realizada sin la correspondiente licencia, además de que la parcela en la que se había edificado estaba incluida en una zona verde, correspondiente a parque urbano, suponiendo una infracción de la Ordenanza Reguladora de la disciplina urbanística.
No lo entiendo, ¿entonces la construcción no se tira?
Y si se tira, quien lo paga.
¿No puede la juez solicitar el que se aporte en papel la documentación?
¿Nadie comprueba cuándo se escaneavque está todo ok?
Me parece de película de Berlanga
A mí esto me lo van a tener que explicar tres veces porque no lo entiendo.