La no declaración de las presuntas víctimas provocó, de nuevo, un vacío probatorio.
La magistrada del juzgado de lo Penal número un se vio obligada ayer a dictar dos sentencias absolutorias para dos juicios de delitos relacionados con los malos tratos en el ámbito familiar ante la falta de pruebas por la no declaración tanto de las supuestas víctimas como de los propios acusados, que en este caso eran dos hombres de mediana edad. La no declaración de las partes provocó que no se pudiera probar nada de lo denunciado y, consecuentemente, tuviera que acogerse al principio de presunción de inocencia.
En el primero de los casos se juzgaban unos hechos ocurridos el día 29 de julio de 2009. Una mujer denunció a su pareja tras una disputa en la que, supuestamente, se habían producido unas amenazas hacia la mujer por parte del hombre. Lo denunciado fue calificado por el Fiscal como un delito de amenazas en el ámbito familiar. Por otro lado, en el segundo de los casos se juzgaron unos hechos del día 5 de julio del año 2009. Una chica había denunciado a la que era su pareja e incluso había aportado un parte médico en el que constaban una serie de lesiones. El Fiscal entendió que lo denunciado constituía un delito de malos tratos y otro de lesiones en el ámbito familiar.
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