El titular del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de Ceuta ha confirmado la libertad condicional del interno de la prisión de Mendizábal que protagonizará la tradicional salida con motivo del traslado del Medinaceli el próximo 1 de abril. Así se recoge en un auto a cuyo contenido ha tenido acceso El Faro de Ceuta.
La puesta en libertad de este interno terminó llegando a los juzgados después de que se interpusiera recurso por parte de la Fiscalía ante el Juzgado de lo Penal número 1 contra el auto dictado por Vigilancia Penitenciaria el 2 de marzo, en el que se concedía esa libertad condicional.
El Penal 1 ha desestimado ese recurso de apelación planteado por el Ministerio Público ratificando así la decisión inicial. La defensa del interno la ha ejercido el abogado Fidel Rodríguez.
La Junta de Tratamiento del centro penitenciario propuso la aprobación de la libertad condicional de este interno de la prisión de Ceuta al reunir las condiciones legales exigidas en relación con una condena por delito contra la salud pública, tráfico de drogas.
La concesión de la libertad condicional supone un beneficio penitenciario que debe estar fundamentado, teniendo que demostrarse que el reo ha alcanzado un grado de resocialización. Además existe un posterior control sobre la persona beneficiada de esa libertad ya que el juez de Vigilancia Penitenciaria puede llegar a revocar la suspensión de la ejecución del resto de la pena.
El reo protagonista de esta historia cumple una condena de 4 años y 107 días de prisión y, según consideró el centro penitenciario, reúne todos los requisitos para acceder a esa libertad condicional por cumplimiento de las dos terceras partes de la condena en julio de este año.
Un expediente valorado por la prisión
A la hora de ser elegido como el protagonista de la liberación del Medinaceli se valoró no solo la primariedad delictiva sino también su buena conducta penitenciaria tras haberse adaptado a la normativa de la prisión y haber sido merecedor de hasta seis recompensas o notas meritorias.
No tiene en su expediente ningún tipo de sanción o medida disciplinaria ni tampoco ha protagonizado hechos negativos o desfavorables. Más bien al contrario, reconoció su responsabilidad criminal y participó en todas las actividades y desarrollo de su plan individual de tratamiento.
En este tiempo ha tenido permisos y fines de semana sin registrarse incidencias, obteniendo el tercer grado en junio de 2022 en régimen abierto y, después, en su modalidad de control telemático. No consta dependencia a sustancias de ningún tipo, tiene su núcleo familiar arraigado en nuestra ciudad y ha conseguido insertarse en el mundo laboral habiendo desempeñado además prestaciones personales en servicios comunes de la prisión y variedad de actividades culturales, laborales.
La propuesta de la Junta de Tratamiento de la prisión ha sido aceptada y respaldada por el Juzgado. El joven protagonizará el acto de liberación del Señor de Ceuta acordándose la suspensión de la ejecución del resto de condena por un plazo de dos años, plazo que empezará a contar desde el 1 de abril, día del traslado.
LO QUE NO ENTIENDO Y SI ME LO PUEDEN EXPLICAR POR QUE NO SON MUJERES Y MAS A UN QUE NO SEAN MUSULMANES NO TIENEN QUE HACER EL RECORRIDO DEL MEDINICELI CUANDO YO ERA PEQUEÑO IVA PARA CURA Y AHORA SOY ATEO PERO SI ME TIENEN QUE LIBERAR CREO QUE TENDRIA EL MISMO DERECHO UE ESE REO
Re impensado,notas meritorias,buena. conducta,este tío es un fenómeno,debería presentarse para alcalde
Y POR QUE NO A LO MEJOR HARIA MAS QUE TU ?