El Ministerio Fiscal le imputó al acusado un delito de apropiación indebida y el hombre se conformó y reconoció los hechos.
El magistrado del juzgado de lo Penal número dos dictó ayer sentencia firme condenatoria contra un hombre acusado de cometer un delito de apropiación indebida, recogido en el artículo 254 del Código Penal. La pena que se le impuso consistió en el pago de una multa de tres meses a razón de tres euros la cuota diaria (270 euros en total). Paralelamente, el titular del órgano judicial correspondiente le impuso la obligación de abonar un total de 14.866 euros en concepto de responsabilidad civil como indemnización para la persona perjudicada en este caso. El acusado se comprometió a devolver el dinero que se apropió indebidamente y se conformó con la pena que se le impuso, que era la que le ofrecía la representante del Ministerio Fiscal. De esta forma, el hombre reconoció los hechos que constaban en el escrito de acusación Fiscal y que consistían en que, el día 23 de septiembre del año 2009, el acusado se apropió del dinero de una subvención que fue ingresado en su cuenta bancaria. El problema es que esa cuenta era compartida con una ex-pareja suya que realmente era beneficiaria de la citada ayuda económica. La cantidad de dinero que el hombre obtuvo fue de 14.866 euros.
El juez decretó la firmeza de la sentencia en el acto.






