La magistrada que ha llevado la instrucción del ‘caso Emvicesa’, a la que ha puesto fin este lunes con un auto en el que da 10 días a la Fiscalía para que pida la apertura de juicio oral o el archivo de las actuaciones, tres para presentar recurso de apelación y cinco para hacerlo de reforma, como presumiblemente harán las partes ante la Audiencia, mantiene contra Rabea Mohamed y Mohamed Ali una imputación de presunto delito de tráfico de influencias.
La base de la redacción de cómo lo argumenta la jueza en el caso del líder de Caballas, con una cuñada como beneficiaria de una casa en las 170 VPO de Loma Colmenar, ha causado estupor en el entorno del diputado autonómico, que no valorará la resolución judicial “hasta que se nos comunique el contenido del auto de procedimiento abreviado que hasta ahora solo conocemos a través de los medios”.
La instructora alega que en el expediente de adjudicación de vivienda remitido por Asuntos Sociales al Juzgado “todos los documentos aportados son de fecha posterior a la entrega” de la casa, ya que “el contrato donde se le atribuye la condición de adjudicatario se firmó el 5 de noviembre de 2012” y “los documentos que conforman su expediente personal son la mayoría de 2016 (incluida la declaración de minusvalía), el más antiguo de 2013, por lo que han sido, para sorpresa de esta juzgadora, aportados después de obtener la condición de adjudicataria”. Paradójicamente, la misma Consejería ha facilitado durante la instrucción informes contradictorios a Ali.
Lucini no hace ninguna referencia, sin embargo, a que en el sumario del caso consta un informe de la jefa de Servicios Sociales solicitado por el de Caballas para atender la exigencia judicial de información sobre la allegada con una VPO. En ese documento, radicalmente incoherente con el expediente al que se refiere la magistrada, sí constan atenciones a esa cuñada desde 2007, cuando se dirigió por primera vez a la UTS de Hadu pidiendo información sobre prestaciones y posibles ayudas.
La mujer repitió ese tipo de consultas en 2008 y 2009. En 2012, residiendo ya en Loma Colmenar, fue derivada a la UTS del Príncipe y en 2013 tuvo acceso a una bolsa de alimentos y al IMIS, que perdió al empezar a trabajar en el Plan de Empleo. Posteriormente también ha solicitado ayudas para la compra de electrodomésticos, muebles o el pago de suministros básicos y ha recibido alguna ayuda para la adquisición de vestuario o alimentación de urgente necesidad.
De 2009 data otro informe social en el que se describe que su núcleo familiar-convivencial en la casa de sus progenitores en Francisco de Rivalta estaba compuesto (justo después de que dos hermanos se fuesen a Barcelona) por la usuaria, dos hijos (la niña mayor con problemas de corazón que requirieron de operación en Málaga), sus padres y dos hermanas. Según indicó la técnico en su dictamen, la beneficiaria de la de las 170 VPO dormía con sus niñas en el salón y refería problemas puntuales de convivencia “al ser tantos conviviendo en el mismo domicilio”. La prestación de “urgente necesidad” que pedía se le denegó.
M.ali, es una persona sin conciencia, sin escrúpulos, su Dios es el Dinero, sólo tenéis que fijaros en la foto, como sus pelotas y barrigas agradecidas le animan a seguir viviendo en su mundo ilicito(haram) disfrutad de votado
Los qe van de perfectitos si es qe no se salva nadie
Dimitirá o no dimitirá????
No
Que gentuza por dios!! A la carcel y que devuelvan las casas