El acusado había reconocido los hechos. La persona oculta era hermano del condenado.
El tribunal de la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta ha dictado sentencia condenatoria para uno de los hombres juzgado en enero por cometer un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros. La pena que se le ha impuesto es de un año y seis meses de prisión, aunque se le ha concedido la suspensión condicional de la pena por dos años.
Los hechos por los que ha sido condenado tuvieron lugar el día 7 de junio de 2008 en el embarque para vehículos de la estación marítima de Ceuta. Una dotación de la Guardia Civil le detuvo cuando se disponía a embarcar en un ferry con destino a la península a los mandos de un vehículo en el que iba escondido una persona sin papeles. El ilegal se encontraba en el interior del salpicadero y, según dijeron, se trataba del hermano del condenado.
Durante el juicio, el acusado se autoinculpó asegurando que él sabía que había una persona oculta en el salpicadero. Su intención era proporcionarle una vida mejor a su hermano y por eso quería llevarlo hasta Algeciras. El abogado del hombre manifestó su conformidad con lo solicitado por el Fiscal, que pedía un año y seis meses de prisión, es decir, precisamente la condena que se le ha impuesto, en vista del reconocimiento de los hechos.