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El Fiscal pide 6.673 euros por romper supuestamente la luna de un autobús

Por Redacción
17/03/2010 - 20:31
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El acusado negó haber sido el autor del delito de daños que se le imputaba, mientras que el conductor del vehículo explicó cómo lo golpeaba con un palo.

La magistrada del juzgado de lo Penal número uno dejó ayer visto para sentencia el juicio celebrado contra un hombre acusado de cometer un delito de daños y una falta de maltrato. El Ministerio Fiscal y la acusación particular solicitaron el pago de una multa de 5.400 euros (12 meses de multa a razón de 15 euros la cuota diaria) por el delito más el abono de una responsabilidad civil de 1.273,60 euros como indemnización para la empresa de autobuses. Además, solicitaron la imposición de una falta de maltrato por el que pedían el pago de una multa de 225 euros. En total, el acusado se enfrenta al pago de más de 6.898 euros. Por su parte, la defensa pidió la libre absolución de su patrocinado.
Los hechos ocurrieron el pasado 6 de marzo sobre las 19.00 horas. Según la versión del conductor, se encontraba conduciendo un autobús por la zona de la Almadraba en dirección a la frontera cuando se tuvo que parar en un paso de peatones para dejar pasar a una mujer. Cuando todavía se encontraba parado y un coche que estaba detrás rebasó la línea continua, se puso a su altura y comenzó a recriminarle que no hubiera indicado su parada, aunque el conductor justificó que no debía indicar cuando se para en un paso de peatones. Según contó a preguntas de las partes, el otro coche continuó a su lado, invadiendo el carril contrario durante aproximadamente 150 metros, cuando se le cruzó para subir hacia el hospital. La sorpresa para el conductor del transporte público llegó cuando se encontraba parado recogiendo gente en la frontera y vio llegar el otro coche y cómo su conductor se bajaba dirigiéndose al autobús. Supuestamente, el hombre entró en el vehículo con la intención de seguir recriminando cosas al conductor, quien ayudado por un viajero logró echarlo del autobús. Según dijo, en ese momento el hombre fue a su coche, sacó un palo de grandes dimensiones y, cuando el autobús comenzó a andar lo golpeó rompiendo la luna delantera por la parte derecha. No contento con eso, el conductor dijo que el acusado comenzó a perseguirle, momento en el que avisó a la Policía, a la vez que en la parada de Miramar volvió a intentar entrar en el autobús, aunque él no le abrió la puerta.
Por su parte, el acusado reconoció haber recriminado al conductor del autobús la parada, negando que pasara alguna persona por el paso de peatones, e incluso asegurando que fue el denunciante quien le intentó intimidar impidiéndole avanzar. Además, según su versión, el conductor y el otro hombre le golpearon cuando se subieron en el autobús y, para justificarlo, presentó un parte forense en el que constaba una fuerte contusión en el costado izquierdo y erosiones en los brazos. Asimismo, el hombre explicó que la rotura de la luna la produjo el propio conductor cuando lo apartó a patadas del vehículo del transporte público. El acusado sostuvo, además, que en ningún momento pisó el interior del autobús y que fue el conductor el que le increpó a él, y no al revés.
En el acto del juicio participó también el médico forense que reconoció al acusado. Según dijo, presentaba una contusión de intensidad media en el costado izquierdo que se pudo haber producido al golpearse o ser golpeado por algún tipo de objeto, tanto animado como inanimado, dejando la puerta abierta a la posibilidad de una patada, que planteaba la defensa, y a un golpe con una de las barras del autobús en el forcejeo al ser expulsado del mismo, como sostenía la acusación.
Ambas partes se mantuvieron firmes en sus peticiones iniciales. Las partes acusadoras insistieron en que la declaración del denunciante había sido persistente, coherente, clara, veraz y contundente para darla por válida como prueba de lo ocurrido. Además, la acusación particular resaltó el hecho de que el mismo acusado había reconocido que increpó al conductor del autobús, lo que desde su punto de vista denotaba una actitud violenta.
Por su lado, la defensa dijo que la declaración del conductor del autobús no había sido persistente  y explicó que debería imperar el principio ‘in dubio pro reo’, ya que desde su parecer no se habían producido pruebas de cargo suficientes para enervar la presunción de inocencia que debe imperar en el juicio.

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