Además, de acuerdo con el contenido del auto de la Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz que en enero ordenó reabrir la causa, ha dictado nuevas providencias para intentar completar la identificación de dos de las cinco personas encontradas muertas en España "con fotografías y huellas dedadactilares" de las autoridades camerunesas y para "recabar el testimonio de los supervivientes de la tragedia" que constan identificados en un informe elaborado por la Asociación Coordinadora de Barrios.
La jueza instructora de las diligencias abiertas ordenó el 15 de octubre de 2015 el sobreseimiento "provisional" de la causa por presuntos delitos de homicidio y lesiones imprudentes y "libre" en relación con el supuesto delito de prevaricación que se imputaba a 16 guardias civiles que actuaron durante el intento de salto para contener a los migrantes y devolver al país vecino a varios de los que consiguieron acceder a territorio español.
A su juicio "no podía atribuirse a Guardia Civil delito alguno en lo relativo a su actuación para evitar la entrada en España de los inmigrantes, ni siquiera a título de imprudencia", porque "los agentes utilizaron el material antidisturbios con efecto disuasorio, confiando en que lograrían su objetivo: detener el avance de los inmigrantes en su objetivo de llegar a las costas españolas" y los indocumentados "asumieron el riesgo de entrar ilegalmente en territorio español por el mar a nado, en avalancha, aprovechando la noche, vistiendo gran cantidad de ropa y haciendo caso omiso a las actuaciones disuasorias tanto de las fuerzas marroquíes como de la Benemérita".
Desde el punto de vista de la Audiencia, sin embargo, "ante un supuesto de un calado humano, social y jurídico tan grande como el que nos ocupa no debían escatimarse esfuerzos de cara a agotar las diligencias indagatorias necesarias para la comprobación de esto último y así lograr llevar a cabo la investigación suficiente y eficaz que era requerida".
En este sentido, señaló que "no cabe perder la esperanza, aunque sea lejana", de que el Reino alauita conteste a la Comisión Rogatoria sobre las autopsias, para lo que estimó que "puede adquirir gran importancia la intervención del magistrado de enlace en Marruecos". "Quizás no pueda lograr que se lleve a cabo pero es posible que, al menos, consiga que se dé una respuesta negativa expresa, lo que permitiría encauzar de una forma más correcta la tramitación del procedimiento", razonó.
A ojos de la Audiencia, "si nada excusa la tibieza o dejadez para investigar cualquier hecho que pudiera ser objeto de un procedimiento por delito no leve, mucho menos lo haría cuando la vida, la integridad física o la dignidad en general de las personas se haya podido ver conculcada por la actuación de personas que obran por cuenta del Estado y que, en el desarrollo de tal labor, pueden hacer un uso de la fuerza y emplear medios específicamente destinados a tal fin que son especialmente peligrosos".