En el mundo del porteo hay una oscuridad absoluta. Hombres y mujeres se mueven en un limbo en torno al cual nadie quiere pronunciarse ni, por ende, tomar medidas. España no hace su trabajo en las trincheras de Ceuta y Melilla. Pasa de puntillas sobre la problemática del porteo y sobre la situación de quienes deforman sus cuerpos cargando bultos a pesar de la instauración del carrito.
La UE se encarga, en ocasiones, de sacar los colores a España y ahora lo vuelve a hacer en una respuesta sobre la situación de las mujeres porteadoras a preguntas de Miguel Urbán Crespo (GUE/NGL), Marina Albiol Guzmán (GUE/NGL) y Florent Marcellesi (Verts/ALE).
En la misma se indica textualmente que “la Carta de los Derechos Fundamentales solo es vinculante para los Estados miembros en lo que respecta a la aplicación del Derecho de la Unión.
La UE ha adoptado una normativa relativa a la salud y la seguridad en el trabajo que España está obligada a aplicar”. Es decir, el Gobierno de Pedro Sánchez está obligado, como lo estuvo el de Mariano Rajoy, a garantizar unas normas de seguridad que, a la vista de lo que sucede en el Tarajal, no se acatan.
A pesar de los cambios con la instauración del carrito, la fiebre del bulto chino sigue causando un efecto llamada hacia la frontera, en donde vuelven a verse las imágenes de mujeres cargadas con enormes bultos.
La UE responde a una pregunta parlamentaria sobre la actuación que se da
En la respuesta dada por el Parlamento Europeo se recalca que a nivel de la UE, se “subraya la necesidad de aplicar de manera efectiva y hacer cumplir sobre el terreno la normativa de la Unión sobre salud y seguridad en el trabajo y expone un conjunto de medidas para ayudar a las empresas y los Estados miembros a cumplir y hacer cumplir dicha normativa.
Entre tales medidas figuran, por ejemplo, las revisiones externas entre Estados miembros para el intercambio de buenas prácticas y la elaboración de documentos de orientación para apoyar a los inspectores de trabajo y empresarios”.
Incumbe a las autoridades nacionales competentes de los Estados miembros garantizar el cumplimiento efectivo de esas normas en el territorio de la Unión, algo que cuesta entender en el escenario del Tarajal en donde la Inspección de Trabajo concluyó que no podía erradicar el porteo.







En vez de solucionar el PROBLEMON, bla bla bla