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Los importadores cazados en fraudes serán expulsados del Registro de la Ciudad

Por Redacción
18/02/2018 - 06:18
El nuevo Registro de Importadores se presenta como un “instrumento electrónico de la gestión del IPSI” para facilitar la actividad económica de quienes cumplan con sus obligaciones fiscales.

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El nuevo instrumento de gestión del IPSI solo estará abierto a quienes “dispongan de establecimiento abierto al público” en Ceuta

La Consejería de Economía y Hacienda del Gobierno de Ceuta va a crear un Registro de Importadores como nuevo “instrumento electrónico de gestión del IPSI” que conllevará ventajas para quienes se incorporen a él con el compromiso y a obligación de jugar limpio con las arcas públicas.

Según la documentación a la que ha tenido acceso este periódico, la entrada en el Registro, que se regulará en un apartado ocho de nueva redacción dentro del artículo 91 de la Ordenanza, se limitará a quienes “realicen importaciones en régimen comercial” a Ceuta que “estén dados de alta en el Impuesto de Actividades Económicas” y que “dispongan de establecimiento abierto al público en nuestra ciudad”.

Una vez dentro, la permanencia en el Registro exigirá que no recaiga resolución firme “de la que se infiera la ocultación de hechos o a infravaloración de las bases imponibles por un importe igual o superior al 15% del valor declarado” de acuerdo con la Ley reguladora del Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación (IPSI)”.

Los incluidos podrán autoliquidar el impuesto y hacerlo de forma diferida

El alta en el Registro requerirá “solicitud del interesado” aunque cuando entre en vigor se integrarán “automáticamente” en él “los importadores que, además de cumplir las condiciones estipuladas, no tengan deuda pendiente en firme con la Ciudad Autónoma, la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Seguridad Social”.

Las personas físicas y jurídicas que formen parte del Registro podrán “autoliquidar” el tributo y hacerlo de forma “diferida”. Es decir, podrán acogerse al plazo de “sesenta días naturales desde la introducción de las mercancías hasta la autoliquidación e ingreso del Impuesto” que ya contemplaba la Ordenanza Fiscal vigente, que exige que el agente de aduanas interviniente se comprometa al depósito de las mercancías importadas en sus almacenes o dependencias hasta tanto se efectúe el pago o que la deuda tributaria resultante de la importación sea debidamente garantizada mediante aval bancario.

Carburante. El combustible para yates y embarcaciones de recreo o deporte tributará al 10%.

La Ciudad Autónoma deberá fijar el criterio “respecto a la exigibilidad, importe y efectos de presentación de garantías adicionales” que serán exigibles “en todo caso” a los importadores que no figuren en el nuevo Registro.

Rebajas en combustibles

La propuesta que la Consejería llevará al próximo Pleno previo paso, el martes, por la Comisión Informativa competente, también recoge una primera modificación de los tipos del IPSI para dejar en el 0,5% el que grava la importación, producción y elaboración de embarcaciones con seis o más metros de eslora (hasta ahora el mínimo eran 20 metros).

También se modificarán los tipos impositivos vigentes del Gravamen Complementario sobre Carburantes y Combustibles petrolíferos “para diferenciar la tributación del producto destinado a las embarcaciones de recreo o deporte”.

Se bajará de 20 a 6 metros de eslora la tributación al 0,5% de yates y similares

La nueva redacción de la Ordenanza establecerá que el gasóleo de automoción A para uso general tributará “al 50% de la tarifa vigente en el Impuesto Especial sobre Hidrocarburos” en términos generales y “al 10% cuando se trate de producto destinado a yates o embarcaciones de recreo o deporte”, se propone literalmente.

Además, se establecerá un nuevo apartado “atinente a la gestión y control del tributo” para habilitar al órgano titular del área de Hacienda a “establecer las disposiciones que fueran precisas para garantizar la gestión del mismo en relación con los suministros de carburantes a las embarcaciones de recreo o deporte y yates”.

Todas las modificaciones propuestas entrarán en vigor “el día siguiente” al de la publicación del Acuerdo Plenario en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma (BOCCE).

Las claves

Condiciones Dados de alta y con establecimiento local.

Podrán integrarse en el nuevo Registro de Importadores de la Ciudad “quienes realicen importaciones en régimen comercial en Ceuta” que “estén dados de alta en el Impuesto de Actividades Económicas” y “tengan establecimiento abierto al público” en la ciudad.

Entrada Solicitud y acceso directo.

La propuesta de la Consejería de Hacienda pasa porque el acceso al Registro requiera “solicitud previa del interesado” pero también que se integren “automáticamente” en cuanto entre en vigor quienes, cumpliendo los requisitos anteriores, “no tengan deuda pendiente en firme con la Ciudad Autónoma, la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Seguridad Social”.

Exclusiones Ocultación o fraude igual o superior al 15%.

La permanencia en el Registro para poder disfrutar de sus ventajas a la hora de autoliquidar y hacer pagos en diferido exigirá que no se detecte “la ocultación de hechos” o “la infravaloración de las bases imponibles por un importe igual o superior al 15% del valor declarado”. La Consejería había barajado también dejar ese importe algo más alto (20%).

Contra el ‘dumping fiscal’ y los márgenes adicionales irregulares

Los cambios en la normativa que plantea el Gobierno para dificultar la actividad de quienes defraudan con ella van en línea con las exigencias también han planteado los agentes sociales, preocupados porque “la infravaloración de facturas con la intención evadir el pago del IPSI es una práctica habitual entre un sector del empresariado bien conocido”.

Ese “margen adicional irregular” permite a estos empresarios “monopolizar“ la actividad comercial “en detrimento de los empresarios que se comportan correctamente y cumplen”. Por ello patronal y sindicatos reclamaron en octubre “la aplicación inmediata de medidas para evitar el fraude fiscal en la facturación de las facturas de mercancías”.

La rebaja del IPSI a Profesionales, 250.000 euros

Servicios Tributarios calcula que la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora del IPSI que propondrá la Consejería de Hacienda en el próximo Pleno para fijar un nuevo tipo del 6% para las actividades profesionales, artísticas y empresariales costará a las arcas municipales una rebaja en su recaudación de 250.000 euros durante el presente ejercicio.

“Analizada la evolución del tributo en lo que va de año no se hace necesario realizar ajuste presupuestario alguno”, ha concluido el informe técnico elaborado al respecto.

La nueva redacción del artículo 33 mantiene que tributarán al 10% los servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión y de televisión y que seguirán haciéndolo al 9%, entre otros, “servicios de saneamiento, limpieza y demás” incluidos en las agrupaciones 75, 84 y 92 de las tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas.

Al 2% se gravarán, sin cambios, los servicios de restaurantes de un tenedor “y los demás bares y cafeterías”, así como las actividades de restauración, igual que “los servicios de auto-taxis y los de transporte terrestre urbano colectivo de pasajeros.

Tampoco habrá cambios sobre la prestación del servicio de abastecimiento de agua potable, que continúa al 1%.

Tags: Economía

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