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Residentes en Ceuta y Melilla

Por Redacción
30/05/2015 - 21:43

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Puedes soportar que te atraquen una vez al día, pero dos veces parece algo excesivo y hasta la persona más templada puede acabar hasta el último pelo. Empieza el día y me dispongo a tomar un café con churros. Fue entonces cuando sufrí el primer atraco: Hola Juan, una pregunta, ¿cómo puedo demostrar que soy residente en Ceuta? Nada más hacer su pregunta comienza con una retahíla de respuestas, no dejándome un segundo para articular una sola palabra. En su autodefensa contra el requerimiento de la Agencia Tributaria, manifestó: Yo soy funcionario y trabajo de lunes a viernes en horario de mañana.

Vivo en casa de mis padres, porque mi mujer e hijos viven en la península. No tengo recibo de luz ni de agua, porque vivo con mis padres; tampoco pago alquiler por el mismo motivo, la Inspección Técnica de Vehículos la realizó en la península, porque mi esposa tiene el vehículo y mi familia no está obligada a residir aquí. Nueva pregunta: ¿Cómo justificó que vivo aquí 183 días?   Le respondo inocentemente para que me deje tranquilo: pues es fácil, pide un certificado del horario de los días trabajados y un certificado a las navieras y podrás demostrar que has vivido en Ceuta. Fue entonces cuando comenzó a preguntarme: ¿Es que yo no tengo derecho a ir dos días a la semana a ver a mi familia; es que yo no tengo derecho a pasar de viernes a lunes los fines de semana con mi familia; es que yo no tengo derecho a pasar las vacaciones no lectivas con mi familia? La respuesta mía fue clara: por supuesto, tienes todo el derecho del mundo, ¿pero estás en Ceuta los 183 días que te piden o no? La respuesta fue: yo voy dos días a la península entre semana y también me voy los viernes y regreso el lunes por eso no puedo presentar el certificado de las navieras. Después de esta primera retahíla, me temía lo que venía después: Es que sólo miran a los funcionarios; no tienen derecho a pedir esas cosas; se quieren cargar Ceuta; aquí no va a venir nadie; porque no miran a ésas que no pagan billete y se llevan un cartón de tabaco y lo venden. Y la pregunta del millón: ¿por qué no comprueban la residencia a la gente de Melilla? La respuesta es sencilla y simple, porque en Melilla  no pueden irse diariamente a la península, porque el viaje en avión es costoso y la duración del viaje del barco supera las seis horas. Los funcionarios y los trabajadores de Melilla viven en Melilla, residen allí con su familia y no tienen la necesidad de ir y venir cada vez que termina el turno de trabajo; ni pueden desplazarse de lunes a viernes, porque tampoco disponen de tiempo y el viaje es más costoso. Decir esto puede parecer que subscribo que la Inspección Tributaria requiera a los residentes su legal residencia o que esté en sintonía con la obligación de residir más de 183 días para tener los derechos de los residentes en las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla. Nada más lejos de la realidad, simplemente entiendo que para tener unos derechos la ley te exige unos requisitos que deben cumplirse y deben demostrarse ante la administración. El mismo día, sobre las doce de la mañana, fui abordado por un compañero que me dice: la Agencia Tributaria me ha requerido que demuestre mi condición de residente. Como sabes vivo en Ceuta con otros compañeros, pero hago la vida aquí y voy a la península en algún puente y poco más. Pero no tengo ni recibo de luz, agua ni teléfono a mi nombre, porque vivo de alquiler con los otros compañeros. La respuesta fue sencilla, la misma que al anterior interlocutor y este último me respondió: Llevas razón le voy a pedir a las navieras la relación de viajes y el certificado de todos los servicios del año que me requieren. Creía que sería más difícil, además puedo aportar factura del gimnasio, parking, inspección técnica del vehículo etc. Cobrar la residencia requiere unos requisitos que debemos cumplir y no son descabellados. La propia palabra define el motivo del cobro de la residencia y difícilmente el que no reside podrá demostrar que reside, pero el que reside y ha sido requerido para justificación no tendrá ningún problema. Esa es la razón por la que la respuesta sirvió a uno y al otro no.

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