El borrador de la convocatoria de oposiciones de este año, que prevé ofrecer 40 plazas de profesores de Secundaria en Ceuta, ya recoge como requisito para participar en las pruebas "no haber sido condenado por sentencia firme por ningún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos".
Igualmente establece que los aspirantes que superen las pruebas dispondrán de diez días naturales partir de la publicación de las listas para aportar un certificado acreditativo de no tener ningún tipo de antecedentes penales por delitos sexuales expedido por el Registro Central de Delincuentes Sexuales.
Los opositores también podrán, para evitar ese trámite posterior, dar su consentimiento para que el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (MECyD) lo consulte directamente haciéndolo constar en la solicitud de participación.
El Registro Central de Delincuentes Sexuales entró en funcionamiento la semana pasada para ""facilitar a los ciudadanos que ejercen o vayan a ejercer una profesión o actividad que implique contacto habitual con menores la obtención del Certificado de Delitos de Naturaleza Sexual, que permite acreditar la carencia de este tipo de delitos o, en su caso, la existencia de los mismos".
Fuentes de la Dirección Provincial del Ministerio de Educación de Ceuta explicaron ayer que, una vez definido el marco en el que desarrollar su implementación en la realidad con los docentes de nuevo ingreso, en abril se desarrollará una reunión "monográfica" en Madrid para aclarar si la Administración gestionará directamente los certificados de todos los maestros y profesores que se lo autoricen o si tendrán que hacerlo individualmente.
Tampoco está definido todavía qué hacer con los profesionales que hayan sido condenados por delitos de naturaleza sexual en el pasado o hasta dónde se extenderá la exigencia de presentar los certificados y si afectará al personal del Convenio MECyD-Ciudad o de los Planes de Empleo.
La cancelación de los antecedentes, hasta treinta años
El régimen de cancelación de las inscripciones del Registro Central de Delincuentes Sexuales se establece en función de la edad de la víctima y del condenado. Si la víctima fuera mayor de edad, la cancelación se hace coincidir con la de los antecedentes penales. En caso contrario se seguirá un régimen distinto y se ampliará la duración de la inscripción hasta 30 años atendiendo, según el desarrollo normativo aprobado en diciembre pasado, “a la especifica función y finalidad de las inscripciones de este registro, que no se constituyen como una pena sino como una medida para la protección de la infancia y adolescencia”.