Condenados por un delito contra el derecho de los ciudadanos extranjeros, la revisión del texto les cambia su situación
A falta de que se cumpla un día para que se alcance la primera semana desde que entrara en vigor la reforma del Código Penal, publicada en la Ley Orgánica 1/2015 de 30 de marzo, hasta doce personas han quedado en libertad en nuestra ciudad por orden y resolución emitida y decretada por la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta.
De tal manera, según han confirmado fuentes de la Sección a esta redacción, la totalidad de las resoluciones de absolución se han concretado en reos penados anteriormente por el tribunal de la propia Audiencia ceutí en base a la comisión de delitos contra los ciudadanos extranjeros. La entrada en vigor del nuevo texto confirma, pues, ya desde la primera semana de aplicación las previsiones que, desde hacía meses, hacía este órgano judicial, presidido por el magistrado Fernando Tesón, y se crea jurisprudencia en el sentido de que no todos los condenados por haber incurrido en los mencionados delitos, el más común de todos cuantos se sentencian en la Sección Sexta, cumplirán ahora pena de cárcel, a diferencia de lo que hasta ahora ocurría. No obstante, cada caso es –y será– de estudio particular, de modo que no siempre las penas serán en el mismo sentido condenatorio.
De las doce personas que han quedado en libertad, la totalidad salieron del Centro Penitenciario de Los Rosales en las primeras horas y días, gracias al trabajo realizado por la Audiencia ceutí, si bien según ha podido conocer esta redacción, el sistema organizativo de la Nueva Oficina Judicial (NOJ) ha ocasionado ciertas trabas en pos de ofrecer el mejor y más rápido servicio en favor de los reos en cuestión y, por ende, del sistema judicial, pilar básico en toda sociedad adelantada que se precie.
Al hilo de lo anteriormente expuesto, cabe determinar, por tanto, que la rebaja de las penas ha beneficiado a presos en su amplia mayoría por delitos contra los derechos de los extranjeros, personas que han abandonado la prisión después de que sus casos hayan sido revisados por los magistrados. El problema, en forma de cierto colapso, se ha producido cuando esa hilera de sentencias ha llegado de golpe en vez de haber sido repartidas de forma gradual meses atrás para su examen más pausado.
CCOO, sindicato con mayor representación en Justicia, criticó días atrás en este sentido la “improvisación del Ministerio y sus representantes en la ciudad, ya no sólo por el auténtico colapso que está generando en la clase judicial, que intenta sacar adelante el trabajo como puede, sino también por la ausencia de formación dada al personal de la Administración”. “Un gran olvido que ha llegado incluso al hecho de que ni tan siquiera el programa ‘Minerva’ (utilizado por los funcionarios) ha sido adaptado a una reforma con cambios en los procedimientos”.
El análisis de cada caso concreto, una de las claves en los próximos casos judiciales
La reforma contempla una importante reducción de pena, tal y como explicó para ‘El Faro’ la Fiscalía de Ceuta. De dos años se puede pasar a multa de 3 meses ó 1 mes y 15 días, según sean las circunstancias del caso, la gravedad del hecho, las condiciones del culpable o la finalidad perseguida. El hecho es que si las últimas sentencias condenatorias estaban cifrando en entre 2 y 3 años de prisión la pena para aquellos pasadores de inmigrantes ocultos en vehículos patera, ahora el tipo de sanción podría resultar excesivamente bajo.
Ante esta tesitura surgida, y la duda de si será muy difícil que un pasador que sea interceptado en Ceuta será finalmente condenado, el presidente de la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta, Fernando Tesón, valora que “habrá que ir viendo qué da de sí el texto, qué interpretaciones han de hacer los tribunales, los jueces y por supuesto el Tribunal Supremo en cada caso concreto".






