El Boletín Oficial del Estado ha publicado este martes la Ley de Seguridad Ciudadana cuya Disposición Final Primera enmienda la Ley de Extranjería para amparar la devolución sumaria a Marruecos de los migrantes interceptados en el salto de las vallas de Ceuta y Melilla bajo la nueva figura jurídica del 'rechazo en frontera', previsión esta que entrará en vigor mañana.
La reforma establece que "los extranjeros que sean detectados en la línea fronteriza de la demarcación territorial de Ceuta o Melilla mientras intentan superar los elementos de contención fronterizos para cruzar irregularmente la frontera podrán ser rechazados a fin de impedir su entrada ilegal en España".
Asimismo, matiza que "en todo caso, el rechazo se realizará respetando la normativa internacional de derechos humanos y de protección internacional de la que España es parte", previsión esta que ha suscitado las críticas, entre otros, del Consejo General de la Abogacía Española por entender que "nunca" un rechazo puede cumplir el ordenamiento internacional, que prohíbe expresamente expulsar a una persona sin antes identificarla asistencia letrada.
Según datos del ACNUR en el primer trimestre del año se han recogido más de un millar de peticiones de asilo en el puesto de Melilla, que si bien fue inaugurado oficialmente el 17 de marzo viene funcionando de forma piloto desde el mes de septiembre. En el de Ceuta han sido 110 entre enero y febrero y en ambos casos, casi la totalidad de las solicitudes proceden de ciudadanos sirios. Ninguna de personas de origen subsahariano.





