Queda probado que ambos edificaron una nave en el Pantano dentro del marco legal de urbanización de la Ciudad Autónoma
Dos hombres han sido absueltos del delito contra la ordenación del territorio por el que se le venían acusando. Sentados en el banquillo de los acusados de la sala del Juzgado de lo Penal número Dos para responder por el citado delito, finalmente quedó probado que actuaron dentro de la Ley.
De tal modo, evitaron la pena de prisión de un año que solicitaba el representante del Ministerio Público en su escrito de calificación inicial, además del pago individual de 18.000 euros. La sentencia es firme y fue elevada por el magistrado juez titular del mencionado órgano al término de la vista oral.
Sobre la resolución del caso, es preciso señalar que el mismo quedó solucionado toda vez que la Ciudad Autónoma corroborara que la construcción que los acusados realizaron estaba dentro del marco que ampara la legalidad.
Respecto a los hechos, cabe destacar que entre el año 2002 y 2006 un club dado de alta en Ceuta encargó a la constructora X, de la que es administrador uno de los acusados, finalmente absuelto, la construcción de una nave en una finca sita en la Carretera del Embalse (zona del Pantano), ubicada en suelo urbanizable, como ha quedado probado por la Justicia española. Así, la correspondiente licencia de obra mayor que obtuvieron los dos hombres que han quedado absueltos, comprendía el trabajo de construcción que, finalmente, llevaron a cabo ambos, no cometiéndose irregularidad alguna.





