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Emvicesa perseguirá a los adjudicatarios de viviendas protegidas que las alquilan

Por A.Q.
27/01/2013 - 11:56
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La Ciudad Autónoma está decidida a atajar “el fraude en la gestión de las viviendas protegidas” y, singularmente, “el enriquecimiento ilícito” de los adjudicatarios que las alquilan. A tal efecto, Emvicesa utilizar´´a “todos los recursos informáticos posibles” y “la cooperación de los organismos oficiales que dispongan de información al respecto”, tal y como ya se comprometió a hacer en un Acuerdo Plenario de hace catorce meses por cuyo efecto se interesó, en noviembre pasado, la coalición Caballas.
En respuesta a su demanda de información, la consejera de Fomento, Susana Román, elevará mañana al Pleno una propuesta de acuerdo bendecida con los votos favorables de todos los grupos políticos con representación en la Asamblea en Comisión en la que se compromete a “iniciar los trabajos de inspección” y a “comunicar los resultados de dicho trabajo a la Comisión Local de la Vivienda en su reunión del próximo mes de marzo”.
La Empresa Municipal de la Vivienda ya ha creado una “unidad e controle inspección de viviendas protegidas o con protección pública” llamada a satisfacer un triple objetivo: “Verificar la ocupación de las viviendas [garajes, locales y trasteros] conforme a la calificación definitiva y la adjudicación; detectar irregularidades de uso e infracciones de la normativa aplicable a dichas viviendas que deban ser corregidas y reducir la morosidad”.
La “especial persecución” que Fomento emprenderá contra los dueños de viviendas protegidas que se lucran con su alquiler pasa por el establecimiento de un calendario de visitas “basado en criterios de antigüedad desde la última”, grupos de reciente adjudicación, denuncia particular “o petición de algún departamento de la Ciudad Autónoma, entre otros criterios”.
Las visitas será “aleatorias” y en ellas se requerirá al ocupante de la vivienda “la exhibición del documento necesario para comprobar la situación de uso (arrendamiento, compraventa u otro), levantando acta de la inspección y advirtiendo de las posibles infracciones detectadas”.
Los inspectores también podrán pedir al ocupante “la documentación acreditativa de encontrarse al corriente en el abono de la vivienda”.
En caso de no aportar dichos documentos ‘in situ’, los inspectores emplazarán por escrito al ocupante “a hacerlo en el plazo de tres días en las dependencias municipales”.
El Reglamento de desarrollo del Plan de Vivienda 2009-2012 y ayudas locales a la adquisición, alquiler y rehabilitación de viviendas y edificios aprobado por el Pleno en junio de 2010 establece contempla “la pérdida y devolución con los intereses legales de las ayudas económicas percibidas” y “la inhabilitación de la persona infractora para promover o participar en promociones de vivienda protegida o actuaciones protegidas por la Ciudad Autónoma durante el plazo máximo de tres años, para las infracciones graves, o de seis, para las muy graves”.
Dado que Emvicesa no tiene rango de Dirección  General su participación en materia sancionadora “consiste en “la denuncia de los hechos que pueden constituir una infracción administrativa”, según los técnicos de la empresa municipal.

Visitas y censo de ocupantes

La unidad encargada de “realizar las actuaciones de carácter material, técnico o de servicios relativos a las actuaciones de control e inspección” de las viviendas, garajes, trasteros y locales protegidas o con cualquier tipo de protección pública está integrada por tres administrativos, un técnico y un asesor jurídico de la plantilla de Emvicesa. Su función consiste en “llevar a cabo un programa de visitas que permita la posterior elaboración de un censo de ocupantes, la detección del fraude y la reducción de la morosidad”. Además, recabará “la información necesaria” para “mejorar el sistema de adjudicación de viviendas ordenado por la Ciudad Autónoma”. La inspección finalizará con el levantamiento de un acta.

Multas de 6.000 euros por dedicar casas a usos no autorizados

Ceder la titularidad de las viviendas protegidas, durante la tramitación del expediente de protección, sin el cumplimiento de lo establecido en el capítulo relativo al Registro de los demandantes de viviendas; percibir sobreprecio, prima o cantidad en concepto de compraventa o arrendamiento de las viviendas protegidas, que sobrepase máximas establecidas en la legislación; y dedicar las viviendas protegidas a usos no autorizados o alterar el régimen de uso establecido en la cédula de calificación definitiva son algunas de las infracciones que el Reglamento de la Ciudad de 2006 considera “muy graves” y por las que se pueden imponer sanciones de entre 1.501 y 6.000 euros.
En la graduación de la cuantía de la sanción se tendrá “especialmente en cuenta” el daño producido, “el enriquecimiento injusto obtenido”, la existencia de intencionalidad o reiteración “y la reincidencia por término de un año en más de una infracción de la misma naturaleza cuando así haya sido declarada por resolución firme”.
Las infracciones leves prescriben a los seis meses, las graves a los dos años y las muy graves a los tres años. Las sanciones por infracciones leves, al año; por graves a los dos años y por muy graves a los tres años “desde el día siguiente a aquel en que adquiera firmeza la resolución por la que se impone la sanción”.

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