Los residentes podrán hacer compras en la península inferiores a 430 euros sin pagar impuestos
El comercio ceutí atraviesa un mal momento. Y es que al descenso de entre un 15 y un 20 por ciento en las ventas durante la pasada campaña de Navidad hay que sumarle la modificación de la Ley 8/1991, de 25 de marzo, que establece que una persona residente en Ceuta podrá hacer compras en la península en régimen de viajero por un importe inferior a 430 euros, se le devolverá el IVA y cuando llegue a Ceuta no pagará IPSI.
Esta modificación podría perjudicar tanto a los comercios de Ceuta, ya que supone un atractivo para los ceutíes que hagan compras de hasta 430 euros en la península, como a las arcas municipales, porque la Ciudad no recaudará el IPSI en estas operaciones.
Esta modificación de la Ley llega justo cuando los organismos empresariales están realizando esfuerzos para concienciar a la ciudadanía para que efectúen sus compras en establecimientos comerciales de la ciudad autónoma.
Esta normativa ya está en vigor y fue publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) del pasado 28 de diciembre de 2012.
La Confederación de Empresarios de Ceuta (CECE) tratará este asunto en una reunión que se celebrará hoy, donde se hablará de las consecuencias que puede tener para Ceuta esta modificación de la Ley 8/1991, de 25 de marzo. Además, este organismo decidirá la postura que adoptará ante esta situación. El Centro Comercial Abierto (CCA) también lo tratará en una reunión el martes. Y es que algunos empresarios ya han realizado consultas a estos organismos sobre la repercusión que puede tener esta normativa. Además, la CECE tiene previsto solicitar una reunión con el consejero de Economía, Hacienda y Recursos Humanos, Guillermo Martínez.
En los últimos meses se ha producido un incremento en el número de consultas y preocupaciones elevadas a la CECE por parte de empresarios del sector del comercio. Así, se han convertido en los empresarios que muestran más su preocupación por la actual crisis económica, y es que el 50 por ciento del objetivo del año se basa en Navidad y rebajas, donde se producen descensos en las ventas.
Modificada la importación de vehículos
La Ley 16/2012, de 27 de diciembre, en su Disposición Final Sexta introduce varias modificaciones de la Ley 8/1991, de 25 de marzo, del IPSI en Ceuta y Melilla. En lo que afecta a los concesionarios de vehículos y compra-venta, ha eliminado el párrafo segundo del apartado ‘b’, del artículo 11, que es el que eximía del pago del IPSI a la importación de vehículos ya matriculados. Por tanto, el IPSI se devenga ya en el momento de la importación y no de la matriculación, por lo que las importaciones de vehículos estarán sujetas al IPSI en el momento de la importación, estén o no matriculados. Así, ahora el IPSI se devenga a la importación del vehículo con independencia de que esté o no matriculado.