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Renta 2025: guía completa de plazos, novedades y obligaciones

Los contribuyentes ya pueden acceder de forma telemática a sus datos, en un proceso que se extenderá hasta el 30 de junio de 2026

Por Beatriz Martínez
19/04/2026 - 16:54
devolucion-rerenta-2025-guia-plazos-novedades-obligacionesnta-2025-contribuyente
Imagen de archivo

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En el marco de la Campaña de la Renta y Patrimonio 2025 ya los contribuyentes, también los vecinos de Ceuta, pueden acceder de forma telemática a sus datos, en un proceso que se extenderá hasta el 30 de junio de 2026. A continuación, se detallan las claves, obligaciones y novedades fiscales para este ejercicio.

En primer lugar, hay que recordar que no todos los ciudadanos tienen la obligación de declarar, aunque existen umbrales y situaciones específicas que conviene vigilar. Están obligados aquellos con rentas del trabajo superiores a 22.000 euros de un solo pagador o 15.876 euros si proceden de dos o más pagadores.

Asimismo, tal y como lo detalla Europa Press en un texto informativo, la normativa establece que deben declarar todas las personas físicas que hayan estado dadas de alta como autónomos en cualquier momento del ejercicio, así como los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV) y sus unidades de convivencia.

Por el contrario, quienes perciban prestaciones por desempleo no estarán obligados, siempre que no superen los umbrales de ingresos generales mencionados.

Importante: sobre el borrador de la Renta

Si bien el borrador es un documento preliminar elaborado por la Agencia Tributaria con datos como nóminas, pensiones y situación familiar, desde Europa Press advierten que no debe considerarse un trámite infalible.

Es fundamental confirmarlo tras una revisión exhaustiva, pues hacer lo contrario puede suponer la pérdida de deducciones estatales o autonómicas o incurrir en errores que deriven en sanciones.

La recomendación para los contribuyentes es comprobar que figuren correctamente todos los ingresos, incluidos subsidios, ayudas públicas, criptomonedas o alquileres.

Asimismo, se aconseja verificar que los datos personales, como el estado civil o el domicilio, estén totalmente actualizados antes del envío definitivo.

Calendario y modalidades de presentación

Para poder acceder al borrador, Europa Press recalca que Hacienda ofrece sistemas de identificación como Cl@ve Móvil, Certificado Digital o DNI electrónico a través de su sede electrónica.

Según los datos de la Agencia Tributaria, las opciones móviles son las más rápidas para completar el trámite.

En lo que respecta a las fechas clave, hay que tener en cuenta las siguientes:

  • 6 de mayo al 30 de junio de 2026: Periodo para confeccionar la declaración por teléfono (cita previa desde el 29 de abril)
  • 1 al 30 de junio de 2025: Atención presencial en oficinas (cita previa desde el 29 de mayo).
  • 25 de junio: Fecha límite para declaraciones con resultado a ingresar y domiciliación bancaria.

¿Declaración conjunta o individual?

Una de las dudas más frecuentes es la modalidad de tributación. Según la información recogida, si uno de los cónyuges percibe menos de 3.400 euros anuales, la declaración conjunta suele ser más rentable debido a una reducción específica de esa misma cantidad, que se suma al mínimo personal.

Por el contrario, si ambos superan ese umbral, la declaración individual es generalmente preferible, ya que permite que cada uno se aplique su propio mínimo personal de 5.550 euros.

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SMI, vehículos y vivienda

En el texto publicado por Europa Press destacan que la gran novedad de esta campaña beneficia a los trabajadores con rentas modestas.

Según la Ley 5/2025, los asalariados que perciban el Salario Mínimo Interprofesional (16.576 euros anuales) cuentan con una deducción de 340 euros, la cual se reduce de forma progresiva para quienes ganan hasta 18.276 euros.

En el ámbito de la sostenibilidad, se mantiene la deducción del 15% por la compra de vehículos eléctricos o la instalación de puntos de recarga (con una base máxima de 4.000 euros para estos últimos).

También continúan vigentes las deducciones por obras de eficiencia energética en la vivienda habitual, como la instalación de placas solares.

Deducciones autonómicas

Por otra parte, más allá del tramo estatal, las comunidades autónomas han introducido beneficios significativos. Por ejemplo, Andalucía, la Comunidad Valenciana y La Rioja permiten deducir gastos de gimnasio y deporte.

Mientras que en regiones como Andalucía y Murcia, existen deducciones de hasta 100 euros por gastos veterinarios.

Para los jóvenes, la Comunidad de Madrid ofrece una deducción del 50% en gastos de matriculación universitaria para menores de 30 años que trabajen.

Por su parte, regiones como Cataluña han reforzado las ayudas al alquiler de vivienda, aumentando la deducción hasta los 500 euros en tributación individual.

El impacto de tener dos pagadores y los productos financieros

Es común que quienes tienen dos pagadores obtengan un resultado "a pagar". Esto ocurre porque cada pagador aplica retenciones de forma independiente sin considerar el total de ingresos del contribuyente.

Para evitar sorpresas, se puede solicitar a la empresa un aumento voluntario de la retención del IRPF.

Respecto a las inversiones, las rentas del ahorro (dividendos, bolsa, fondos) tributan este año con tipos que oscilan entre el 19% y el 30%.

Una ventaja importante es la posibilidad de compensar pérdidas con ganancias financieras para reducir la factura fiscal final.

Autónomos y sanciones por fuera de plazo

Para finalizar, hay que tener en cuenta que los autónomos enfrentan una declaración más compleja, debiendo documentar ingresos, gastos de transporte, formación y suministros.

En el caso del teletrabajo, pueden deducir hasta el 30% de la parte proporcional de los suministros (agua, luz, gas) de la superficie de la vivienda afecta a la actividad.

Finalmente, Europa Press recuerda que olvidar la declaración puede acarrear recargos de entre el 1% y el 20% si se presenta tarde de forma voluntaria. Si hay un requerimiento previo de Hacienda, las sanciones pueden ascender hasta el 150% del importe adeudado.

En caso de error, el contribuyente tiene un plazo de cuatro años para modificar declaraciones anteriores.

Tags: EconomíaImpuestosIngreso Mínimo Vital (IMV)

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