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Cabillas, al Jurado: "Ese 14 de marzo, este señor mató a dos personas"

El letrado de la Acusación Particular en el caso del crimen de Parques de Ceuta pide al Jurado la culpabilidad del agente de la Policía Local y exige responsabilidad a la Ciudad | También niega que el acusado no supiera lo que hizo y apunta que además de matar a su mujer ha dejado a su hija con lesiones de por vida

Por Carmen Echarri
15/04/2026 - 13:06
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Fotos: Diego Naranjo

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La Acusación Particular, ejercida por el abogado, Javier Cabillas, ha sostenido su informe expuesto ante el Tribunal del Jurado conformado en torno al crimen de Parques de Ceuta en la versión de la hija de Mª Ángeles Lozano, siempre constante y corroborada por distintas declaraciones que la refuerzan.

Esa declaración de la testigo es la que se ha mantenido en el tiempo en todas las instancias.

Cabillas ha indicado al Jurado que deben valorar las dos manifestaciones escuchadas en sala. Si creen a un acusado que busca volcar la responsabilidad del crimen en una hija que fue testigo de todo y que se convierte en la segunda afectada de estos hechos o no.

¿En qué se basa el acusado? En una acusación contra su propia hija que el letrado, mantiene, no se sostiene en absoluto.

Cabillas insiste en que el agente de la Policía Local fue el que disparó a su mujer, sin duda alguna.

“No estamos solo ante la coherencia de la declaración de la hija, sino también ante una absoluta incoherencia del acusado, ya que su declaración es insostenible”, ha reseñado.

Cabillas lo tiene claro, ese 14 de marzo, el acusado mató a dos personas: a su mujer de un disparo y a su hija, con lesiones de por vida.

Alevosía y agravantes

El abogado ha incluido en su informe que el disparo que mató a Mª Ángeles se hizo a escasos centímetros, lo que impidió que la víctima se defendiera tanto por su posición como por el espacio de la cocina. Es decir, introduce la alevosía y añade que la muerte fue por su condición de mujer.

El abogado ha hecho alusión a las lesiones sufridas por la hija de carácter permanente e irreversible, existe por tanto un delito contra la integridad moral. En el asesinato, considera Cabillas, hay una agravante de género y respecto del delito contra la integridad moral concurre la agravante de parentesco.

Fue un “ataque sorpresivo e inesperado”, por lo que la funcionaria del juzgado no pudo nunca defenderse en una cocina estrecha y sin posibilidad de escapatoria.

Cabillas ha señalado al Jurado que su tarea consiste en determinar cuál de ambas resulta más verosímil, y afirmó que “no hay duda” de que la versión de la menor es “la válida y cierta”.

Cabillas ha defendido que la declaración de la hija de la víctima se ha mantenido firme desde el inicio de la investigación, sin contradicciones y respaldada por otros elementos probatorios.

Ha recordado, además, que la joven siempre ha sostenido que el primer disparo fue directo contra su madre y le causó la muerte, mientras que el segundo se produjo en el contexto de un forcejeo.

A juicio del letrado, la credibilidad de ese testimonio descansa no solo en su coherencia interna, sino también en la corroboración periférica que aportan otros indicios, especialmente las primeras manifestaciones realizadas a los agentes de la Policía Nacional que acudieron al domicilio tras el crimen, así como el estado emocional de la menor y la actitud pasiva que mostraba el acusado en ese momento.

Indicios que refuerzan la versión de la menor

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El abogado ha destacado también la relevancia del testimonio de un agente de la Policía Local, quien declaró en la vista que el acusado se giró y colocó las manos para ser esposado. Claro síntoma de ese gesto que apuntaba a una confesión inmediata solo gestual.

Para Cabillas, ese gesto evidencia conciencia de culpabilidad: “Si una persona pone las manos así, es porque sabe que es el autor”, argumentó.

Asimismo, recordó la declaración del instructor de tiro de la Policía Local, quien señaló que la herida en la mano de la hija es compatible con el relato que esta ofreció sobre el forcejeo para impedir un segundo disparo. Ese dato, insistió, refuerza la consistencia de su versión de los hechos.

En contraposición, Cabillas cuestionó la declaración del acusado, prestada tres meses después de los hechos y, según remarcó, cuando ya conocía numerosos elementos de prueba incorporados al procedimiento.

A su entender, no se trató de una manifestación espontánea, sino de una versión “preparada y coherente”, pero carente de respaldo objetivo.

Críticas a la declaración del acusado

El letrado ha incidido en que no existe ninguna prueba material que corrobore el relato exculpatorio del procesado.

En línea con lo expuesto previamente por el Ministerio Fiscal, sostuvo que la referencia al forcejeo introducida por el acusado responde a una estrategia para atribuir a la hija la acción de apretar el gatillo.

Según Cabillas, el procesado sabía que el informe de ADN iba a revelar la presencia de restos biológicos de la menor en el arma, por lo que incorporó ese episodio a su declaración para anticiparse a esa evidencia.

Sin embargo, subrayó que esa circunstancia ya había sido explicada por la joven desde el principio: forcejeó precisamente para evitar que se produjera un segundo disparo.

Por ello, la acusación particular pidió al jurado popular que considere acreditado que la versión de la hija de María Ángeles es la única compatible con el conjunto de pruebas practicadas durante el juicio.

El motivo machista

Para el letrado, tras este crimen hubo un “o conmigo o con nadie”, sin que el acusado pudiera asumir la noticia de un posible divorcio. “Es un asesinato machista, cumple con todo el perfil para encuadrarlo dentro de esa catalogación”.

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La vida de Mª Ángeles era una vida de absoluto control por parte del acusado, sometida a una agresividad, gritos, golpes… “No fue una casualidad que, de estos hechos, se haya hecho cargo la unidad encargada de atender casos de violencia de género”, ha detallado.

La víctima era una persona sometida, pero “se nos quiere ofrecer un argumento simplista con el hecho de que no haya mensajes” de contenido machista en los teléfonos móviles. “Ojalá que siempre hubiera esas pruebas. Eso no determina la existencia o no de malos tratos”.

El bloque esencial: la salud mental

Una de las claves de este juicio ha sido el relativo a la salud mental. “Estamos convencidos de que el acusado no merece ningún beneficio por este apartado, por esa afección de sus capacidades”, ha reseñado Cabillas.

“11 días antes de los hechos se dice que este señor podría tener un brote psicótico está ahí, pero hay otro día después en el que no se detecta nada, es una evidencia”.

“Ustedes tienen que afinar para saber cómo se encontraba ese día 14. ¿Han escuchado al acusado decir que ese día tuviera algo? Nunca ha dicho que se le fuera la cabeza, al revés, hizo un relato de los hechos a su modo, un relato exculpatorio. No ha hecho la más mínima referencia a la afección de sus capacidades. Si él no lo dice, ¿lo vamos a presumir nosotros?”, ha expuesto.

“Ese día 14 fue a trabajar, vuelve a casa, le recrimina a su hija que esté en casa, porque sabe que es lunes y está orientado. Hay una cita médica que existe y que busca. Cuando dispara llama a la Policía y sabe perfectamente taponar la herida, identifica a los policías, a uno que es amigo lo llama por su nombre. Dice perfectamente qué le ha hecho después de 20 años, sabe perfectamente el tiempo de casado. Esconde el arma. Pretende lavarse las manos, no sabemos por qué, pero lo intuímos. Pide una sudadera por rubor ante su salida de policía. Y en urgencias una médico no detecta nada”, ha reseñado Cabillas.

“Decir que está alterado es un acto de fe”, ha confesado el letrado.

"Es un controlador"

“Este señor tiene una forma de ser, no una patología, es un controlador de su mujer y lo que tenía era un deseo desmesurado de controlarla”, ha concretado.

“No hay argumento para beneficiar lo más mínimo al acusado. Hay un daño a la hija, una persona destruida de por vida. Ese 14 de marzo este señor mató a 2 personas y hay responsabilidad civil de la Ciudad por controles insuficientes” al policía.

Tags: AsesinatosAudiencia ProvincialJuiciosParque CeutaPolicía Local

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