La Consejería de Fomento ha convocado el procedimiento para la selección de los beneficiarios de las ayudas por la rehabilitación de edificios y viviendas para este año, siguiendo el programa establecido en el convenio que fue suscrito entre la Ciudad y el extinto Ministerio de Vivienda en 2008.
Se consideran actuaciones susceptibles de ser incluidas en esta convocatoria aquellas que tengan un presupuesto protegible mínimo de 6.000 euros en el caso de rehabilitación de una vivienda, 600 euros por vivienda con un mínimo de 12.000 euros por edificio.
No podrán ser objeto de estas ayudas, al contrario, las actuaciones para rehabilitación de edificios o viviendas que hayan sido objeto de financiación en los 10 años anteriores a la solicitud, al amparo de este o anteriores planes de vivienda, y actuaciones en edificios cuyo uso principal no sea el residencial. a estos efectos el edificio deberá contar con más de un 60% de la superficie útil destinada a uso residencial.
Las personas o comunidades de propietarios que estén interesados en solicitar la ayuda disponen de un plazo de quince días, a contar desde el pasado martes, para presentarlas. En el caso de que las solicitudes presentadas en plazo o los beneficiarios que han sido seleccionados fuesen menos que el número de ayudas previstas, el plazo se ampliará hasta que se complete el número total de ayudas convocadas.
La solicitud habilitará a la Administración de la Ciudad a solicitar de otras administraciones toda la información necesaria, en particular la de carácter tributario o económico, de deudas frente a la hacienda pública estatal o local o frente a la Seguridad Social la relativa a la titularidad catastral de bienes inmuebles conforme a las normas y convenios suscritos con las administraciones. Las instancias pueden presentarse en cualquier Registro de la Ciudad.