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Casi 1.600 familias de la ciudad se benefician del bono social eléctrico

La Empresa de Alumbrado dispone actualmente de 1.560 puntos de suministros con contrato en vigor acogidos al bono social, un mecanismo de descuento en la factura eléctrica fijado por el Gobierno central con el fin de proteger a determinados colectivos de consumidores económica o socialmente más vulnerables.

Se trata de un descuento que se aplica sobre el precio voluntario para el pequeño consumidor (PVPC) a un límite máximo de energía en el periodo de facturación. En octubre del año pasado se modificaron las condiciones y criterios socio económicos necesarios para acceder a él.

Tras la entrada en vigor de los cambios puede solicitar el bono social todo sujeto considerado consumidor vulnerable, severo o en riesgo de exclusión social siempre que reúna cuatro condiciones generales: que el titular sea persona física; que el punto de suministro sea la vivienda habitual; que el titular está acogido al PVPC (o que acepte la formalización de un contrato con la comercializadora de referencia acogida); y que la potencia contratada para dicho punto de suministro sea igual o inferior a 10 kW.

El descuento aplicable al consumidor vulnerable, categoría en la que entran todas las familias numerosas sin excepción, es del 25% sobre el PVPC. En el caso de reunir las condiciones de consumidor vulnerable severo, el descuento se eleva al 40%.

En ambos casos, el descuento se aplica sobre el término de energía y sobre el término de potencia del PVPC. En el primero existe un límite máximo anual de energía con derecho a descuento que se calcula prorrateando este, entre el número de días que comprende cada factura. La energía por encima de dicho límite se factura sin rebaja.

Además, el consumidor que cumpliendo los requisitos para ser “consumidor vulnerable severo”, está siendo atendido por los Servicios Sociales de una Administración autonómica o local que financia al menos el 50% del importe de su factura pasa a ser considerado consumidor en riesgo de exclusión social, no abona “en ningún caso” el importe de la factura y su suministro no puede ser interrumpido, según la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).

Solicitud y plazos

El comercializador al que se solicita la aplicación de la medida dispone de 15 días hábiles desde la recepción de la petición del bono social junto con la documentación completa para comunicar al solicitante el resultado de las comprobaciones efectuadas. Además, en caso de denegación, la empresa debe indicar los motivos.

El bono social se aplicará en la primera factura recibida tras la solicitud, siempre y cuando haya sido emitida al menos en los 15 días hábiles posteriores a la recepción. En caso contrario, empezará en la factura inmediatamente posterior.

Dos años o hasta perder el título de familia numerosa

El bono social se aplica durante un plazo de dos años, siempre que con anterioridad no se produzca la pérdida de alguna de las condiciones que dan derechos a su percepción. Para el caso de las familias numerosas, la vigencia se extiende “hasta la caducidad del título”.

En cualquier caso, el consumidor está obligado a comunicar al comercializador “cualquier cambio que suponga la pérdida de la condición de consumidor vulnerable” en el plazo de un mes desde que se produzca.

Finalizado el periodo de 24 meses y con una antelación mínima de 15 días hábiles de la finalización de dicho plazo, el consumidor puede pedir una ampliación.

Menos del 25% ha tramitado la nueva solicitud obligatoria

El año pasado, el Gobierno modificó las condiciones y los criterios socio económicos necesarios para acceder al bono social con nuevas categorías (vulnerable, vulnerable severo y en riesgo de exclusión). Este cambio supuso que tanto sus antiguos beneficiarios (unos 1,9 millones de consumidores) como los nuevos tengan que solicitar de nuevo la prestación. Hasta la fecha, según los datos de la CNMC, únicamente 542.733 consumidores lo han tramitado con éxito, “menos del 25% de sus potenciales beneficiarios”.

Inicialmente, la norma del Gobierno, fijó el 31 de marzo de 2018, como fecha límite para solicitar el bono social. Sin embargo, dadas las escasas solicitudes recibidas y la falta de información, el plazo se prorrogó hasta el próximo 8 de octubre. A partir de esa fecha, los consumidores que no hayan solicitado el bono social, dejarán de percibir dichos descuentos en su factura mensual.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia y la Fundación Civio han creado una aplicación que permite a los clientes de las compañías eléctricas comprobar y, en su caso tramitar, “de forma muy sencilla” su derecho al bono social eléctrico, que permite obtener un descuento del 25% o 40% en la factura eléctrica mensual para proteger a colectivos vulnerables como pensionistas, parados, rentas bajas...

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