Un hombre que fue denunciado el pasado julio por golpear a su perro en la vía pública fue condenado ayer al pago de 150 euros de multa, sanción formulada por la magistrada del juzgado de instrucción número 6 y que aceptó en conformidad. La multa se corresponde con una falta de maltrato a animal, después de quedar probado, gracias a la presencia de testigos, que el denunciado había golpeado de manera violenta a su perro. La Policía Local dejó constancia de aquel episodio en sus informes y Sanidad también inició el oportuno expediente por maltrato que sigue su curso de forma paralela a la acción desarrollada en los juzgados.
El maltrato animal está castigado por el Código Penal que diferencia entre delito y falta, dependiendo del resultado final. Para tratarlo como delito, el resultado tiene que ser la muerte del animal o lesiones graves; mientras que en el caso de las faltas se pena un trato cruel que no llega a tener el resultado para encajarlo como delito, como ha sido éste.
Dada la proliferación de casos de maltrato a los animales, la justicia se ha adaptado a la realidad y actúa sobre este tipo de faltas prácticamente de la misma forma que hace cuando se suceden contra personas.
Hace unos meses un juzgado de Ceuta condenó a tres meses de cárcel a un joven por un delito de maltrato animal después de que matara al perro de su madre.
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