Entre las muchas interrogantes que se presentan a la hora de cobrar el paro una tiene que ver con las consecuencias que tiene para el solicitante, incluyendo algún vecino de Ceuta, el estar cobrando la mencionada prestación de desempleo y olvidarse de renovar la demanda.
Desde el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) han explicado que “para percibir las prestaciones por desempleo es obligatorio inscribirse como demandante de empleo y renovar la demanda mientras esté cobrando dichas prestaciones”, siendo esto un requisito indispensable para ser beneficiario.
Ante esta situación en particular, es decir, cuando el interesado no figura como inscrito como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo Estatal, entonces se suspenderá el abono de las prestaciones durante este periodo en específico.
Sin embargo, el SEPE también aclara que el pago se reanudará a partir de la fecha en que el interesado acredite la nueva inscripción, previa comparecencia ante el servicio, “salvo que proceda el mantenimiento de la suspensión de la prestación o su extinción por alguna de las causas previstas en la norma”.
El Servicio Público de Empleo Estatal aprovecha la oportunidad para recordar que las personas que perciban prestaciones por desempleo “deben cumplir una serie de obligaciones establecidas en la ley”, haciendo hincapié en que el incumplimiento de estas supone cometer infracciones que se sancionarán.
En este sentido, han recalcado que algunas de las obligaciones de lo solicitantes son las siguientes:
- Cotizar por la aportación correspondiente a la contingencia de desempleo.
- Proporcionar la documentación e información que se establezca reglamentariamente para el reconocimiento, suspensión, extinción o reanudación del derecho a las prestaciones.
- Comunicar a los servicios públicos de empleo autonómicos y al Servicio Público de Empleo Estatal, el domicilio para recibir notificaciones y, si hay cambio de domicilio, comunicar este cambio en el momento en que se produzca.
- Participar en los programas de empleo o en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales, que establezcan los servicios públicos de empleo o las agencias de colocación.
- Aceptar la colocación adecuada que los servicios públicos de empleo o dichas agencias le hayan ofrecido.
- Renovar la demanda de empleo en la forma y fechas indicadas en el documento de renovación de la demanda.
- Devolver las cantidades que el Servicio Público de Empleo Estatal haya abonado indebidamente.