La Consejería de Hacienda, Economía y Función Pública viene informando sobre la aplicación de un nuevo procedimiento en relación al Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, conocido popularmente como el impuesto sobre plusvalía, que considera dos supuestos en base a la entrada en vigor de una nueva legislación el último 8 de noviembre y que, a su vez, viene aplicando una sentencia del Tribunal Constitucional emitida en octubre. Esto afectará, por tanto, a todo aquel que participe en la compra-venta de un bien inmueble.
Concretamente, desde el Organismo Autónomo de Servicios Tributarios (OASTCE) dependiente de dicha consejería se indica que “en los supuestos en los que sea necesario practicar las liquidaciones a consecuencia de que en la transmisión inmobiliaria se generó un incremento de valor, se tomará el valor catastral del suelo en el momento de la transmisión (devengo) y se multiplicará por el índice corrector que le corresponda en función del número de años transcurridos entre la adquisición y la venta, obteniéndose de esta forma la base imponible”.
Como una segunda posibilidad también se agrega que “en el supuesto de que se acredite inexistencia de incremento, no se practicará la liquidación”.
Desde Hacienda recuerdan que “una vez obtenida la base imponible, se aplicará el tipo que figura en las ordenanzas, que en Ceuta es del 27 %” y que “a dicha cuota se le aplicará la bonificación del 50 % vigente en la ciudad autónoma”.
Este procedimiento se aplicará directamente hasta la entrada en vigor de la nueva ordenanza adaptada a la nueva situación. La Ciudad dispondrá ahora de un plazo de seis meses para efectuar las pertinentes modificaciones en la misma.
Cabe mencionar que estas modificaciones, según se explica desde la Ciudad, entran en vigor en aplicación de la sentencia del Tribunal Constitucional, con fecha 26 de octubre de 2021, y la entrada en vigor del Real Decreto-Ley 26/2021, de 8 de noviembre, referente a la situación del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.
QUE SINVERGUENZA SON QUE NOS QUIEREN PONER ESE IMPUESTO POR C,J,N,S