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El Defensor del Pueblo: los solicitantes de asilo con solicitud admitida a trámite no tienen por qué indicar domicilio para salir de Ceuta

Francisco Fernández Marugán recuerda en una de sus resoluciones que ostentan el derecho fundamental de la libertad de circulación por todo el territorio español

Por I.J.
07/04/2021 - 10:02
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La persona que pide asilo y cuya solicitud ha sido admitida a trámite no tiene por qué indicar el domicilio que va a tener en la Península para poder salir de Ceuta, Melilla o Islas Canarias. Así lo asegura en una resolución el Defensor del Pueblo, Francisco Fernández Marugán, quien pide al Ministerio del Interior que tiene “el deber legal que le incumbe de impedir cualquier limitación de los derechos fundamentales a la libre circulación y residencia de los solicitantes de protección internacional que deseen trasladarse desde las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla o desde la comunidad autónoma de Canarias a la Península”.

Recuerda el Defensor del Pueblo que "el solicitante de asilo ostenta el derecho fundamental de la libertad de circulación por todo el territorio español". Señala lo hasta ahora conocido, que estas personas "puede fijar libremente su residencia en todo el territorio nacional, si bien con la obligación de comunicarlo a la Administración".

Sin embargo, ahora explica que "tal y como señala el Tribunal Supremo [...], la mención que se hace en la Ley de asilo sobre la obligación de informar sobre su domicilio en España y cualquier cambio que se produzca en él adquiere especial relevancia ya que si la obligación del extranjero que ha solicitado la protección internacional es la de informar a las autoridades españolas sobre la fijación del domicilio, deberá entenderse que ya de entrada dicho solicitante puede elegir el domicilio… y por un criterio lógico ha de concluirse que si el solicitante de asilo mientras dure el procedimiento asume la obligación de comunicar los cambios de domicilio solo puede ser porque tiene ese derecho de cambiar el lugar de su residencia que, insistimos, es de su elección en un primer momento y el mismo precepto obliga a interpretar que puede cambiarlo”.

Esto, en resumen, es que el solicitante de asilo cuya solicitud haya sido admitida a trámite -argumenta el Defensor del Pueblo- ostenta el derecho fundamental de la libertad de circulación por todo el territorio español y que puede fijar libremente su residencia en todo el territorio nacional.

A pesar de tener todas estas resoluciones, Fernández Marugán explica en su escrito que “comprueba con preocupación, a través de las quejas que se reciben en los últimos meses, que se continúa limitando el derecho a la libre circulación de los solicitantes de protección internacional, tanto en las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla como en la comunidad autónoma de Canarias".

Señala a su vez el Defensor que en “la información que facilita la Policía Nacional a los solicitantes se insiste en que no pueden salir de las ciudades autónomas ni de las Islas Canarias si no notifican, con carácter previo, que cuentan con un domicilio en la península”. Sin embargo, esta institución recuerda que el Tribunal Supremo determina que la obligación de un solicitante de asilo de informar sobre su domicilio en España implica que pueda cambiar de casa o elegir donde vivir.

Lo que sí entiende es que si la Administración asigna recursos a estas personas a pesar de no ser centros de refugiados, como ocurre en los Centros de Estancia Temporal de Inmigrantes (CETI) de Ceuta y Melilla, el solicitante podría perder esa prestación si abandona ese lugar sin comunicación previa.

Por todo ello, el Defensor del Pueblo recuerda el deber legal de impedir cualquier limitación de los derechos fundamentales a la libre circulación y residencia de los solicitantes de protección internacional que deseen trasladarse desde las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla o desde la Comunidad Autónoma de las Islas Canarias a la Península.

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Comentarios 4

  1. Harto de aguantar... comentó:
    hace 6 años

    Derechos... Derechos... Derechos... Pero obligaciones, ninguna. Menos derechos humanos y mas humanos derechos.

  2. Hasta los ?? comentó:
    hace 6 años

    Cuánta maldad hacia los morenos, no seréis aquéllos venados que pillaron a sus mujeres haciendo una orgía con unos morenos? Va a ser que sí creo yo ???

  3. Cafe comentó:
    hace 6 años

    Derecho a circular por todo el territorio nacional siempre y cuando sean extranjeros claros pero tienen que fijar una residencia para la solicitud de asilo si o si y eso es lo que ay si su recidencia es ceuta pues encerrados como el resto si no están a gusto siempre pueden anular la solicitud y para casa que al final tienen más derechos los que vienen que los que están

  4. Jose Antonio comentó:
    hace 6 años

    Por favor déjenles ir donde quieran porque vienen a pagarnos las pensiones!!!!!!!

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