El Ministerio de Educación y Formación Profesional ha asumido “en todos sus puntos” el informe de la ponencia sobre el Real Decreto de creación de la Escuela de Arte de Ceuta que el equipo del anterior titular del ya desaparecido MECD, Íñigo Méndez de Vigo, había remitido a la Comisión Permanente del Consejo Escolar del Estado, de la que el texto ha salido con leves retoques.
Más allá de la nueva denominación de la Administración competente, en el texto, compuesto de tres artículos, cinco Disposiciones adicionales y dos finales, precedido de una parte expositiva, se deberá tener en consideración que “en la Escuela de Arte de Ceuta se impartirá asimismo la modalidad de Artes de Bachillerato”, por lo que el informe de la ponencia señala que “debería incluirse una mención de dichas enseñanzas a la hora de aludir al ‘equipamiento adecuado para garantizar la calidad de las enseñanzas’, así como a la normativa que regula dichos aspectos, al igual que se realiza con las enseñanzas de Artes Plásticas y Diseño”.
El Ministerio de Educación autorizó en marzo del año pasado a través de una Orden la “implantación experimental” de esas enseñanzas en el Instituto de Educación Secundaria (IES) Siete Colinas con un ámbito temporal del curso 2017/2018.
Con el nuevo proyecto de Real Decreto se creará la Escuela de Arte de Ceuta y se regulará su funcionamiento para impartir, al menos de momento, el Ciclo Formativo de Grado Medio de Técnico de Artes Plásticas y Diseño en Asistencia al Producto Gráfico Interactivo (integrado en la familia profesional artística de Comunicación Gráfica y Audiovisual), así como la modalidad del Bachillerato de Artes.
Las enseñanzas profesionales de régimen especial de Artes Plásticas y Diseño se organizan en ciclos de formación específica de Grado Medio y de Grado Superior, tras cuya superación los estudiantes reciben respectivamente el Título de Técnico o de Técnico Superior en la especialidad correspondiente.
Los centros públicos que imparten estas enseñanzas se denominan Escuelas de Arte, según determina el artículo 111.3 de la Ley Orgánica de Educación de 2006 y las enseñanzas impartidas corren a cargo de los integrantes de los Cuerpos de catedráticos, profesores y maestros de taller de artes plásticas y diseño.
En relación a lo anterior, un Real Decreto de 2008 indicó que cuando la modalidad de Artes del Bachillerato se imparte en centros de enseñanzas artísticas, las materias correspondientes “podrán ser asignadas al profesorado de los respectivos cuerpos de enseñanzas artísticas que tenga la formación adecuada en cada caso”.
El Ministerio que dirige Isabel Celaá deberá dotar a la Escuela de Arte con la plantilla de personal necesario “para el eficaz desarrollo de sus actividades” pero “sin que ello suponga incremento” en las de la Administración General del Estado en conjunto.