En respuesta al diputado del Grupo Caballas Mohamed Abdelkader Maanan, quien afirma que las unidades de gestión transformará al personal estatutario en laboral aludiendo al Artículo 63 del Estatuto Marco, esta Dirección Territorial del Ingesa debe puntualizar que dicho artículo se refiere al servicio activo y en su punto segundo nos emplaza al artículo 65 bis, Servicios de gestión clínica. En este punto faculta a cambiar voluntariamente al trabajador a personal laboral conservando su plaza de estatutario y su antigüedad o bien, como es el caso, seguir como estatutario que es lo que se propone Ingesa. En definitiva, las Áreas de Gestión Clínica no tendrían personalidad jurídica, por lo que la relación de los profesionales en estas áreas seguiría siendo la misma que la actual, esto es, personal estatutario del INGESA.
¿Porqué se ha contratado a una empresa privada? ¿Cómo? ¿Y para qué? Se ha contratado a la empresa Mensor, del Grupo empresarial Indra, mediante concurso abierto, por un periodo de cuatro meses y una cuantía de 35.620 euros, para que haga un estudio de viabilidad del modelo de gestión que se quiere implantar en nuestro Hospital. Partiendo de ese estudio tendrán posteriormente que diseñarse y desarrollarse las Unidades de Gestión que se creen y, finalmente, tendrá que formarse a los profesionales que se hagan cargo de ellas.
¿Qué resultados se esperan? La adecuación del gasto a las necesidades reales, mayor eficiencia (se amortizaría la inversión en menos de un año), mayor satisfacción del profesional y aumento de la calidad de las prestaciones al usuario.
En cuanto a la adjudicación en concreto a la empresa Mensor, hay que recordar que la adjudicación se realizó a una empresa legal, que concursó cumpliendo estrictamente con todos los requerimientos técnicos y legales; que se debe guardar el debido respeto por los trabajadores de dicha empresa y que no deberían vincularse las relaciones contractuales con entidades, empresas u organizaciones en las cuales algunos de sus directivos estén imputados.