La titular del Juzgado número 6 de Ceuta ha condenado a dos personas por una intromisión ilegítima en el honor de un médico a través de una red social.
Tendrán que abonar 3.000 euros en concepto de daño moral tras unos comentarios publicados en redes. También tendrán que publicar durante diez días en la misma que han sido condenadas por este hecho, además de abonar las costas del procedimiento.
El médico que presentó la denunciad ha sido representado por Comisiones Obreras.
En sentencia, la magistrada considera que los comentarios vertidos “suponen sin duda una intromisión ilegítima en el honor del actor, y es que el descontento ante las actuaciones profesionales del actor y su publicación en una red social no supone de por sí intromisión ilegítima, siempre que las expresiones sean respetuosas y en modo alguno sean reprochables ni se hagan con el ánimo de difamar”, sin embargo ¬-continúa la sentencia- “sí se aprecia ese ánimo de difamación del contenido de las expresiones vertidas, concluyendo que en este caso el derecho al honor prima sobre la libertad de expresión”.
La indemnización, el triple de lo que pidió la Fiscalía
En este caso, el Juzgado ha establecido una indemnización que es el triple que la fijada por el Ministerio Fiscal.
La sentencia dice textualmente que “atendidas las circunstancias debe ascender a 3.000 euros, que deberá ser abonado por ambos de forma solidaria, entendiendo que la indemnización fijada por el Ministerio Fiscal en 1.000 euros resulta simbólica e irrisoria, pues no cumple la finalización de disuasión propia de la misma conforme a la jurisprudencia citada”.
Desde CCOO, sindicato que ha defendido a este profesional, "mostramos nuestra satisfacción por esta sentencia debido al daño moral que había ocasionado en él dichas afirmaciones", han expresado.
“Se trata de un fallo judicial ejemplar que deja claro que el insulto y el desprestigio hacia el personal sanitario no es el camino para mostrar el descontento hacia actuaciones profesionales”, explica el sindicato.