Los ceutíes que viven en una comunidad de vecinos con ascensor en Ceuta deben estar atentos. El Boletín Oficial del Estado publicó hace unos días la nueva normativa de estos aparatos que regula diversos aspectos relacionados con su mantenimiento.
Se trata de la 'Instrucción Técnica Complementaria ITC AEM 1 de Ascensores', que regula su puesta en servicio, modificación, mantenimiento e inspección, así como el incremento de la seguridad del parque de ascensores existente, por un coste de unos 708 millones de euros a abordar en siete años.
Como recoge Europa Press, en 2019 había en España más de un millón de ascensores, de los cuales más de 400.000 llevan más de 30 años en servicio. Por ello, la norma indica las mejoras que se deben implementar en todos los ascensores.
Las normas que deben cumplir los ascensores
Por tanto, la norma incluye una serie de mejoras a implementar en todo el parque de ascensores: la mejora de la nivelación, la detección en puertas con cortinillas no solo por haz puntual, para evitar atrapamientos por las puertas de cabina o la protección del usuario contra los movimientos ascendentes incontrolados de la cabina y los movimientos incontrolados de cabina en reposo y puertas abiertas.
Además, otras de las medidas presentes en la normativa son la comunicación bidireccional en cabina, la sustitución de guías de madera o cilíndricas, la implementación de dispositivos de control de carga o la modernización del contrapeso, para que "las pesas no se salgan de la guía, siempre que no sean ascensores históricos".
Para la puesta en servicio de los ascensores se presentará por parte del titular o representante, ante el órgano competente de la comunidad autónoma, la siguiente documentación: ficha técnica de la instalación, declaración CE de conformidad, manual de funcionamiento, contrato de mantenimiento y certificado de inspección inicial favorable.
Así serán las inspecciones
Según el texto publicado en el BOE, la norma define las responsabilidades del titular de la instalación y de las empresas de mantenimiento. Las inspecciones podrán ser: iniciales, periódicas, tras modificación o tras accidente.
En este sentido, las inspecciones periódicas serán cada dos años para edificios industriales o pública concurrencia, cada cuatro años para edificios residenciales de más de 20 viviendas o más de cuatro plantas; y el resto cada seis años, mientras que se detalla la tipología de defectos (leve, grave, muy grave) y sus consecuencias (el ascensor puede quedar fuera de servicio hasta la subsanación).
Finalmente, la 'Instrucción Técnica Complementaria ITC AEM 1 de Ascensores' entrará en vigo el próximo 1 de julio.