La cuestión sobre cuándo es posible jubilarse es una interrogante que surge en el transcurso de la vida laboral de muchas personas en Ceuta, no necesariamente cuando se acerca la edad de jubilación, ya que es una situación que se anhela con frecuencia.
El tiempo de espera no sigue un patrón uniforme y varía de acuerdo a las circunstancias de cada individuo.
La razón de esta variabilidad se debe a que en España existen dos edades de jubilación ordinaria, determinadas por los años de cotización previos de cada trabajador.
Esta distinción surge a raíz de la reforma de las pensiones en 2011, que tuvo como objetivo postergar la edad de jubilación y contener el gasto en pensiones.
En aquellos casos en los que el trabajador no ha acumulado un nivel suficiente de cotizaciones, se ha decidido incrementar la edad de jubilación.
Aunque la reforma fue aprobada en 2011, comenzó a aplicarse en este aspecto en 2013, y desde entonces hasta 2027, la edad de jubilación se incrementa anualmente si no se cumple con el requisito de cotización, el cual también aumenta año tras año.
Por lo tanto, habrá personas que tendrán que esperar obligatoriamente hasta alcanzar la edad de jubilación, la cual será más avanzada en comparación con otros casos, llegando incluso a los 66 años. Todo esto se debe a que su nivel de cotización es inferior al requerido por la normativa.
Trabajadores que no podrán jubilarse hasta los 66 años
Respecto a los trabajadores que no podrán jubilarse hasta los 66 años, según lo establecido en la Ley 27/2011, de 1 de agosto, las dos edades de jubilación ordinaria en 2024 son:
- A los 65 años, si se han acumulado 38 años de cotización.
- A los 66 años y seis meses, si no se han acumulado 38 años de cotización.
En consecuencia, solo aquellos individuos con menos de 38 años cotizados tendrán que aguardar hasta los 66 años y medio para jubilarse de manera ordinaria en 2024.
Cotización
Además, deberán cumplir con otra condición: no contar con suficiente cotización para acceder a una de las dos principales modalidades de jubilación anticipada, ya sea voluntaria o involuntaria, las cuales requieren 35 y 33 años de cotización, respectivamente.
Por tanto, podría afirmarse que solo aquellos individuos con menos de 33 años cotizados tendrán que esperar de forma obligatoria hasta los 66 años y medio para jubilarse en 2024.