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Condenado el exprofesor del 'San Agustín' a 18 años y 6 meses de cárcel

El tribunal de la Sección VI de la Audiencia de Cádiz en Ceuta ha condenado al exprofesor del colegio San Agustín, llamado A.D.B., a 18 años y 6 meses de prisión, por considerarlo criminalmente responsable de los delitos vinculados a prácticas sexuales de los que venía siendo acusado. Nada más conocer el fallo, el acusado ha salido llorando del edificio en compañía de una mujer, recalcando textualmente: “No me quieren dejar tranquilo”, abandonando el lugar. En concreto por un delito de elaboración de pornografía infantil utilizando a menores de 16 años se le condena a 7 años de prisión; por un delito de elaboración de pornografía utilizando a menores de edad a la pena de 6 años de prisión; por un delito de tenencia de pornografía infantil 6 meses de prisión; por delito de abusos sexuales a menores de 16 años a 5 años de prisión; además, una pena de inhabilitación para ejercer la profesión que tenga contacto con menores durante 23 años y medio. A todo esto se le añade una medida de libertad vigilada por 10 años. Al ahora condenado se le absuelve no obstante de delitos de corrupción de menores e inducción a la prostitución. Se aplica una atenuante de dilaciones indebidas.

El contenido de la sentencia ha sido dado a conocer este mismo lunes por el tribunal del máximo órgano judicial en la ciudad a los afectados, meses después de que finalizaran las distintas sesiones de juicio oral que tuvieron cabida para esclarecer uno de los casos de mayor impacto que, relacionado con asuntos sexuales, ha tenido lugar en Ceuta al afectar a quien, en el momento de las investigaciones, era uno de los profesores más reconocidos de este colegio. Fue investigado por la Policía Judicial de la Guardia Civil tras la denuncia presentada por una familia, llevando al inicio de un procedimiento judicial largo, que terminó con las vistas judiciales celebradas a principios de este año.

Durante meses se ha estado estudiando el contenido de uno de los fallos más esperados hasta que hoy se ha querido citar a las partes implicadas para que supieran del contenido del mismo. También al propio acusado, que ha llegado a la sede del Ceuta Center pasadas las 13:00 horas. No es algo muy habitual este tipo de notificaciones presenciales, ya que se usa la vía de comunicación interna, pero se ha optado por esta decisión, sin presencia de medios de comunicación como por ejemplo sí se hizo en la lectura del llamado ‘caso Kimbi’, en el año 2005.

El exprofesor del Colegio San Agustín se había sentado en el banquillo de los acusados a finales de enero procesado por ocho presuntos delitos de índole sexual con menores a partir de 11 años por los que la Fiscalía pidió para él 66 años de cárcel por captarlos aprovechando su vulnerabilidad para “normalizar” con ellos relaciones inadecuadas a su edad con alguien que al menos se la triplicaba. La calificación se mantuvo al final de la vista oral a pesar de que la legislación estipula que la condena máxima no puede superar el triple de la pena por el delito más gravoso.

Las dos tesis mantenidas por Fiscalía y Defensa durante todo el proceso

El Ministerio Público solicitó un año en prisión por tenencia de pornografía infantil; por corrupción de menores, 2; por abuso sexual a menor de 16 años, 6; 8 por cada uno de los cuatro de inducción a la prostitución a menores de edad; por otro tipo de inducción a la prostitución a menores de edad, 5; por elaboración de pornografía infantil, 9; otros tantos por el mismo en distinta variante; y dos más por ‘sexting’.

De acuerdo con sus conclusiones, desde 2003, en ejecución de un plan preconcebido buscó y consiguió tener acceso a los números de teléfono de niños del círculo de ese centro educativo, sus equipos deportivos y la Cofradía de Las Penas para “lograr, con ánimo libidinoso, una relación y trato que excedía del amistoso y llegaba al ámbito sentimental y sexual”. “Se ganaba su confianza por medio de regalos e invitaciones y después solicitaba que le remitieran a través del terminal móvil fotografías de naturaleza sexual”, retrató la Fiscalía parte del proceder delictivo que le imputaba.

La defensa de A.D.B. había reclamado su libre absolución o, en el peor de los casos, la aplicación de una atenuante de dilaciones indebidas entre marzo y noviembre de 2020, cuando el procedimiento estuvo parado. Su abogado remarcó la inexistencia de “dolo” y tildó de demasiado “indeterminado” y “falto de concreción”, hasta el punto de generar “indefensión”, el escrito de la Fiscalía y apenas se refirió al de la acusación particular (que pidió 7 años y tres meses de cárcel de condena). “No se puede confundir lo moral con lo jurídico ni lo irreverente, ilógico o chirriante con lo delictivo, porque ahí hay una frontera que no se puede traspasar”, advirtió.

“Todo es inventado o está en el aire”, rechazó “con todo el respeto” después de que el acusado utilizase su turno de palabra para cerrar el juicio asegurando no recordar ni los Whatsapp subidos de tono que se cruzaba con los menores ni cómo se habían localizado en su ordenador fotografías de uno de ellos totalmente desnudo.

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