La Comisión Local de la Vivienda ha aprobado esta semana las bases de selección de los potenciales adjudicatarios menores de 35 años de las ocho viviendas que ya se encuentran disponibles en la promoción de Serrano Orive, que seguirá en régimen de alquiler al menos hasta 2034 de acuerdo con la calificación que obtuvo conforme al Plan Estatal 2002-2005. Las casas libres tienen un dormitorio (solo una cuenta con dos), por lo que la composición familiar de los solicitantes no podrá exceder de dos miembros (tres para la otra).
Con el único efecto de “generar una lista de espera hoy inexistente”, se abrirá el cupo de solicitudes para personas con discapacidad, ya que la promoción dispone de una casa adaptada de dos dormitorios.
La selección de admitidos se realizará por sorteo ante notario entre los grupos para uno o dos dormitorios y el grupo de personas con discapacidad se ordenará de acuerdo con el grado reconocido por el IMSERSO.
Al margen de la edad, los requisitos generales que deberán acreditar los aspirantes a las casas en el momento de presentación de sus instancias y previa publicación de las bases en el BOCCE, incluyen “ser español o tener residencia legal en España mediante DNI, TIE o NIE”.
También será obligatorio estar inscrito en el Registro de Demandantes de Vivienda con una antigüedad de tres meses; certificado catastral de no ser titular de pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute sobre alguna otra vivienda de protección oficial ni libre; y, en su caso, Libro de familia.
Solo podrán aspirar a las viviendas en régimen de arrendamiento quienes posean unos ingresos familiares ponderados que no excedan de 5,5 veces el IPREM [537,84 euros mensuales], es decir, de hasta 2.958,1 euros al mes.
Ese requisito deberá probarse “mediante declaración del IRPF o certificado de no estar obligado a su presentación”. Con el objetivo de “garantizar la suficiente capacidad económica para hacer frente a las necesidades básicas y al pago de la renta” se establecen unos ingresos mínimos necesarios de 2,5 veces el IPREM, esto es, de 1.344,6 euros mensuales.
Igualmente será imprescindible “estar empadronado en Ceuta con una antigüedad mínima de 48 meses” y, para el cupo de discapacidad, certificado emitido por el IMSERSO en vigor.
Tras la publicación de las bases en el BOCCE se abrirá un plazo de 30 días naturales para que los interesados inscritos en el Registro de Demandantes de Vivienda puedan presentar de manera presencial o telemática la solicitud de participación en el proceso.
Entre las causas de exclusión establecidas está “superar la edad de 35 años antes de finalizar el año natural” dentro del que se abra el plazo de solicitudes o “integrar una unidad familiar compuesta por más miembros de los adecuados al tipo de casas disponibles”.
También “acreditar ingresos superiores a los máximos ponderados establecidos”; “ser titular de otra vivienda” conforme a la información catastral; y “haber sido titular o adjudicatario de una vivienda de protección pública y haberla enajenado o renunciado a ella” o de una vivienda libre y haberla vendido en el plazo de un año anterior a la finalización del plazo de presentación de solicitudes salvo causa de cambio de residencia o aumento de familia.
Los okupas de viviendas de protección pública también se quedarán fuera, como quienes no lleven al menos 4 años empadronados en la ciudad o quienes incurran “en falsedad u ocultación en la información facilitada”.
Posteriormente la Comisión Local de la vivienda publicará una lista de admitidos y excluidos contra la que se podrá alegar durante 20 días antes de la publicación del listado definitivo con tres grupos (discapacidad, para uno y para dos dormitorios), contra el que cabrán recursos de alzada durante un mes antes del sorteo público y ante notario.
Listas de espera: Dos años de vigencia.
Una vez celebrado el sorteo ante notario se crearán listas de espera que tendrán validez durante dos años “al objeto de proponer la adjudicación de las viviendas que resulten vacantes”. Para ello y por el orden resultante, el primer posicionado deberá acreditar que mantiene todos los requisitos.
Prórrogas: Ser mayor de 35 años conllevará la salida.
Según las bases del proceso, la prórroga de los contratos de arrendamiento, cuyos términos deberán ser aprobados por el órgano competente, solo se podrá llevar a cabo “previa acreditación del arrendatario de que continúa cumpliendo los requisitos de adjudicación, incluido el de la edad (ser menor de 35 años).. Cuando cualquier inquilino alcance esa edad, su contrato finalizará “llegada la fecha de vencimiento del plazo de duración inicial o de su prórroga”.
Sorteo: Anuncio con al menos 48 horas de antelación.
Los admitidos para los grupos de uno o dos cuartos serán sorteados en acto público y ante notario. El número de participación será el conferido por el orden de presentación de solicitudes y en la página web de Emvicesa se publicará el lugar, fecha y hora “con una antelación mínima de 48 horas”.
Fuentes de la Administración local confirmaron ayer que Emvicesa sigue queriendo tener liberadas el 20 de enero (fecha en que expiran los contratos vigentes) todas las viviendas de alquiler para jóvenes de Serrano Orive cuyos adjudicatarios no cumplen los requisitos establecidos hace una década para ser beneficiarios de las mismas por edad, ingresos o poseer otras casas. A tal efecto, antes del sábado deberían recibir las cartas en la que se les advierta de su situación. El Gobierno de la Ciudad comenzó en verano tras muchos cambios de rumbo sobre la promoción a dar pasos firmes para "normalizar" las 45 VPO después de que en febrero tapiase la primera media docena desocupada para evitar okupaciones.
La Comisión Local de la Vivienda también ha aprobado esta semana las bases de selección para crear una lista de espera a las viviendas disponibles en los 37 alojamientos para la tercera edad de la calle Pedro Feijoo a la vista de que en la vigente solamente queda un solicitante. Los requisitos generales de la convocatoria incluyen que los potenciales aspirantes sean españoles o tengan residencia legal en España y lleven inscritos al menos tres meses en el Registro de Demandantes de Vivienda. También tendrán que carecer de vivienda en propiedad o derecho real de uso o disfrute sobre cualquier casa libre o protegida. En este caso se requerirán unos ingresos familiares ponderados no superiores a 1.075,84 euros mensuales (dos veces el IPREM) y un periodo de empadronamiento anterior en la ciudad no inferior a 48 meses. Igualmente habrán de probar que están al corriente en obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Estas viviendas se destinan al colectivo de mayores de 65 años como grupo de adjudicación preferente. Todas son adaptadas a personas con movilidad reducida y disponen de un dormitorio, por lo que son para familias con uno o dos miembros.
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