Tribunales y justicia en El Faro de Ceuta https://elfarodeceuta.es/tribunales-justicia/ Diario digital Tue, 03 Dec 2024 14:48:19 +0000 es hourly 1 https://wordpress.org/?v=6.7.1 https://elfarodeceuta.es/wp-content/uploads/2018/09/cropped-El-faro-de-Ceuta-32x32.jpg Tribunales y justicia en El Faro de Ceuta https://elfarodeceuta.es/tribunales-justicia/ 32 32 Le piden prisión por usar a un menor para vender droga https://elfarodeceuta.es/piden-prision-usar-menor-para-vender-droga/ https://elfarodeceuta.es/piden-prision-usar-menor-para-vender-droga/#respond Tue, 03 Dec 2024 14:48:19 +0000 https://elfarodeceuta.es/?p=1132495 El tribunal de la Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta ha celebrado un juicio este martes por un delito contra la salud pública que tendrá su continuación el próximo 18 de diciembre con la testifical del forense para conocer la imputabilidad o no del acusado. El letrado de M.L.H. ha presentado […]

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El tribunal de la Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta ha celebrado un juicio este martes por un delito contra la salud pública que tendrá su continuación el próximo 18 de diciembre con la testifical del forense para conocer la imputabilidad o no del acusado.

El letrado de M.L.H. ha presentado una serie de documentos para acreditar que su representado sufre trastorno de personalidad y que afecta a su capacidad cognitiva.

Una prueba que se practicará en dos semanas, pero este martes se ha celebrado las demás testificales. La Fiscalía pide por un delito contra la salud pública agravada por uso de menor de edad la pena de 4 años de prisión, así como al pago de una multa de 1.700 euros.

Los policías nacionales que han testificado este martes han declarado que recibieron una llamada de la Sala alertando de que una trabajadora de Trace (ahora Servilimpce) estaba denunciando que unos jóvenes le estaban tirando naranjas mientras trabajaba.

Una vez llegados a la barriada de Zurrón, pudieron hablar con la trabajadora quien les indicó por dónde se habían ido estos jóvenes. La Policía Nacional consiguió dar con ese grupo en el que se encontraba el acusado y un menor que portaba droga en una chaqueta que decía ser de su propiedad.

“El menor, una vez fue detenido, declaró que la droga era del acusado y que tenía más cosas, pero que no había hablado por miedo y que se la daba a él porque era menor y así no le pasaba nada”, se ha narrado.

Versión idéntica

Una versión idéntica ofrecida por todos los policías nacionales que además detallaron que el menor les señaló que lo utilizaba para que vendiera esa droga y se llevara un beneficio. “El menor empezó a llorar y dijo que el adulto lo utilizaba para guardar la droga porque a él no le iban hacer nada”, se explicó en sala.

La declaración de los policías nacionales fue corroborada por el menor que quiso ser muy claro: “La droga no era mía. Mi primo (por el acusado) me pidió la chaqueta y me metió la droga. Una vez llegó la policía y dije que la chaqueta era mía, él me miró y me dijo que me autoculpara, que a mí no me iba a pasar nada”.

Además, el menor señaló que “él no iba a mentir” y que hasta el abogado del acusado le ha insistido en varias ocasiones para que mintiera. “Me pidió que dijera que la droga era mía, que estaba en mi chaqueta y que me iba a comer el marrón de todas formas. Además familiares del acusado me han pedido que declare a su favor y me dan dinero. Pero no voy aceptar algo que no hice”.

"Nosotros lo mantenemos como si fuera un niño chico"

La madre del acusado ha declarado que su hijo no tiene relación ninguna con el menor y que era imposible que la droga fuera suya. “Él no está bien, nosotros lo mantenemos como si fuera un niño chico. Hemos tenido que llevarlo hasta a psiquiátricos, como en Chiclana, y de ahí se escapó.

Además, la madre del acusado, señaló que su hijo ha sido “drogadicto toda la vida” y que siempre ha vendido lo que sea para comprar drogas.

El último en declarar ha sido el acusado que ha negado en todo momento que él introdujera la droga en la chaqueta del menor. “Yo ni estaba con él. Apareció con otros menores porque por lo visto estaban tirándole naranjas a la gente que pasaba por el barrio”.

“Soy muy conocido por la policía y todo lo que pasa siempre es mi culpa. Pero te lo juro que esta droga no es mía. Desde que murió mi hermano he estado enganchado a la droga y si hubiera sido mía habría aceptado la conformidad”, ha señalado resignado.

Ha insistido en que fueron los propias policías los que le aconsejaron al menor que lo culparan a él para así salir libre. “No he cometido ese delito, este niño (por el menor) no está bien de la cabeza y me quiere echar las culpas a mí de algo que no he hecho”.

El juicio se tuvo que suspender hasta la testifical del forense que tendrá lugar el 18 de diciembre.

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El Supremo blinda la primera de las condenas de la Operación Plomo https://elfarodeceuta.es/supremo-blinda-primera-condenas-operacion-plomo/ https://elfarodeceuta.es/supremo-blinda-primera-condenas-operacion-plomo/#comments Tue, 03 Dec 2024 06:19:18 +0000 https://elfarodeceuta.es/?p=1132289 El Tribunal Supremo ha dictado auto con el que dota de firmeza la sentencia condenatoria de 11 años de prisión para ‘Piolín’, ‘Popis’, ‘Castaña’ y ‘Laika’ por unos disparos perpetrados en junio de 2022 en un cafetín del Príncipe en pleno enfrentamiento de bandas rivales en Ceuta. El Supremo resuelve el recurso de queja que […]

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El Tribunal Supremo ha dictado auto con el que dota de firmeza la sentencia condenatoria de 11 años de prisión para ‘Piolín’, ‘Popis’, ‘Castaña’ y ‘Laika’ por unos disparos perpetrados en junio de 2022 en un cafetín del Príncipe en pleno enfrentamiento de bandas rivales en Ceuta.

El Supremo resuelve el recurso de queja que interpuso la defensa del apodado Piolín dictando un auto en el que indica que no ha lugar a dicho recurso planteado contra la resolución que ya dictara la Audiencia el pasado junio. La medida judicial es firme, por lo que se ha girado comunicación al Penal 1 cuya magistrada titular fue quien dictó la condena inicial sin que quepa mayor recorrido.

Los cuatro condenados fueron reconocidos como componentes de una banda que irrumpió a tiros en un cafetín del Príncipe en junio de 2022. Se les detuvo en plena Operación Plomo abierta por la Policía Nacional tras el enfrentamiento sin cuartel que mantuvieron las organizaciones encabezadas por ‘Piolín’ y ‘Tayena’.

En el Juzgado de lo Penal 1 fueron condenados a 12 años de cárcel, pena que fue rebajada a 11 por la Audiencia, máximo órgano judicial en nuestra ciudad. Una de las Defensas planteó recurso de queja sin éxito alguno.

Se consideró probado que los cuatro acusados acordaron atentar contra L.A., tío del apodado ‘Tayena’, cuyos intereses fueron defendidos por el letrado Lorenzo Linares. Ocultando sus rostros con pasamontañas, acudieron al zoco del Príncipe en donde comenzaron a disparar de manera indiscriminada.

Terminaron disparándole y le causaron lesiones que le han llevado a tener que usar de por vida bastones para su movilidad. Aquellas balas alcanzaron además de manera accidental a otras tres personas, entre ellas un menor de edad, que pasaban por el zoco para ir a comprar en las tiendas próximas.

¿Qué es lo que dice el Supremo?

Planteado el recurso de queja por parte de la Defensa de ‘Piolín’, en la resolución a la que ha tenido acceso El Faro, se indica que “no cabe en estos casos subsanación en queja, porque de ser así no tendría sentido la reforma por RD 5/2023, y resulta evidente que no podrán superar el trámite de admisión los recursos que se preparen por motivos distintos del previsto en el art. 849.1o LECrim, y aquellos en los que no se consigne el precepto o preceptos sustantivos infringidos o no se respeten los hechos declarados probados o no contengan una descripción precisa de las razones por las que se considera errónea la calificación jurídica de los hechos probados”.

“El auto denegando la admisión de la preparación es correcto porque fija el incumplimiento de los requisitos de la preparación, ya que se alegan motivos ajenos al art. 849.1 LECRIM, y, además, respecto del error iuris no se hace mención alguna al extracto sucinto que exige la reforma indicada”, apunta el TS.

“Se incumplen estos requisitos y no cabe motivar ahora de forma sucinta las razones del error iuris cuando además constan motivos ajenos al art. 849.1 LECRIM que hacen inadmisible la preparación, porque es insubsanable el defecto observado en ambas razones de inadmisión expuestas”, considera.

De esta manera, el Supremo blinda la primera de las condenas de la Operación Plomo.

 

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Condenado un guardia civil tras quedarse con una caja de dátiles en la frontera https://elfarodeceuta.es/condenado-guardia-civil-quedarse-caja-datiles-frontera/ https://elfarodeceuta.es/condenado-guardia-civil-quedarse-caja-datiles-frontera/#comments Tue, 03 Dec 2024 06:19:16 +0000 https://elfarodeceuta.es/?p=1132287 Un agente de la Guardia Civil ha sido condenado al pago de una multa por apropiarse de una caja de dátiles en el transcurso de un control en la frontera del Tarajal, que separa Ceuta de Marruecos. Tal y como han confirmado fuentes judiciales a El Faro, el agente ha reconocido la comisión de los […]

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Un agente de la Guardia Civil ha sido condenado al pago de una multa por apropiarse de una caja de dátiles en el transcurso de un control en la frontera del Tarajal, que separa Ceuta de Marruecos.

Tal y como han confirmado fuentes judiciales a El Faro, el agente ha reconocido la comisión de los hechos y ha sido sancionado con un mes de multa a razón de 5 euros diarios (150 euros) por un delito leve de apropiación indebida que asumió ante la autoridad judicial.

Los hechos por los que ha sido condenado este agente de la Guardia Civil tuvieron lugar en la frontera del Tarajal este pasado mes de noviembre, cuando se encontraba haciendo labores de reconocimiento fiscal en vehículos que entran en la ciudad procedentes de Marruecos.

Fue en uno de esos controles realizado de mañana cuando se verificó que en el maletero de uno de esos coches había cajas de dátiles cuya cantidad superaba la permitida.

Junto a otro agente de la Benemérita, aplicando la normativa en vigor, procedió a la retirada de las cajas de dátiles en exceso para su destrucción por lo que debían ser depositadas en el contenedor.

El agente condenado cogió una de esas cajas y en vez de dejarla en ese depósito se la llevó a dependencias fiscales envuelta en una prenda, apropiándose por tanto indebidamente de una mercancía que debía ser destruida.

Tras la inspección de las cámaras se pudo observar cómo el guardia civil aprovechaba un descuido para apropiarse indebidamente de esa mercancía. Al término del servicio en la frontera, y tras una inspección interna de la Benemérita a los agentes que finalizaban el turno, se pudo verificar que el guardia civil tenía esa caja de dátiles en su mochila particular y que era del mismo tipo que las que habían sido depositadas en el contenedor e intervenidas a la familia que entraba en Ceuta desde el vecino país.

Tras una investigación efectuada por la Unidad Orgánica de la Policía Judicial, se dio traslado al juzgado y este mismo lunes tenía lugar una conformidad en el Juzgado de Instrucción número 6 de nuestra ciudad.

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Condenados tras robar 2 teléfonos mediante la técnica del mataleón https://elfarodeceuta.es/condenados-robar-telefonos-mediante-tecnica-mataleon/ https://elfarodeceuta.es/condenados-robar-telefonos-mediante-tecnica-mataleon/#comments Tue, 03 Dec 2024 06:15:38 +0000 https://elfarodeceuta.es/?p=1132288 La titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Ceuta condenó a dos jóvenes, llamados N.M.A. y M.H.T., por un delito de robo con violencia mediante la técnica del mataleón para la sustracción de dos teléfonos móviles. Los acusados, que vinieron conducidos por los agentes de la Policía Nacional, reconocieron los hechos y aceptaron […]

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La titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Ceuta condenó a dos jóvenes, llamados N.M.A. y M.H.T., por un delito de robo con violencia mediante la técnica del mataleón para la sustracción de dos teléfonos móviles.
Los acusados, que vinieron conducidos por los agentes de la Policía Nacional, reconocieron los hechos y aceptaron la pena de 1 año y 9 meses de prisión. Pena que tendrán que cumplir íntegramente ya que cuentan con antecedentes penales computables a la pena.
Los hechos a los que se hizo referencia en esta conformidad ocurrieron sobre las 04:30 horas en las inmediaciones del Poblado Marinero. Los dos acusados, que actuaron de común acuerdo, le exigieron a la víctima que les entregara su teléfono móvil. Ante su negativa a dárselo, uno de los acusados le empujó contra la pared, momento que aprovechó el otro para agarrarle el cuello por detrás y facilitar el robo. Una técnica que se utiliza en muchas ocasiones para perpetrar un robo y que es conocida como la técnica del mataleón.
Los dos acusados consiguieron apropiarse de dos teléfonos móviles, tanto el del denunciante como el de su pareja, y se dieron al fuga.
Ante esta situación, el denunciante acudió rápidamente a alertar a unos policías locales de la UIR que se encontraban en la zona. Con las características aportadas, los agentes actuantes procedieron a trasladar dicha información a otra patrulla con el fin de dar con los individuos. Así, tras varias batidas, localizaron a dos de ellos (uno con la sudadera azul y el otro con la sudadera gris) a la altura de la Plaza Rafael Gilbert.
Una vez detectaron la presencia policial emprendieron la escapada, no sin antes uno de ellos pararse un momento junto una joven para darle algún objeto y seguir la escapada.
Las víctimas identificaron a los autores plenamente, por lo que se procedió a su detención.
Un amigo de las víctimas fue quien localizó los móviles a través de una aplicación de ‘Buscar mi Iphone’, siendo estos encontrados en la misma plaza donde se encontraban los detenidos.
Los acusados se encontraban en prisión provisional por esta causa desde el día de los hechos.
El acuerdo previo entre las Defensas y el Ministerio Fiscal evitó la celebración de la vista oral que estaba fijada para este lunes en la sala de lo Penal número 1 de nuestra ciudad.
El acuerdo previo también le sirvió a los acusados para una importante reducción de la pena, ya que en un principio el Ministerio Fiscal solicitaba hasta 4 años de prisión.
Los ahora condenados tendrán que cumplir la pena de prisión de manera íntegra debido a que cuentan con antecedentes penales, muchos de ellos por robos con violencia.

puerto-deportivo-1

Otro juicio para el mismo acusado

La titular del Juzgado de lo Penal número 1 tuvo otro juicio contra N.M.A por un delito de robo con fuerza en el que quedó absuelto ya que otra persona asumió la culpa.

Se trató de M.CH., quien dijo ser consciente de que se iba a perpetrar un robo de una embarcación en el puerto deportivo, por lo que fue cómplice para efectuarlo.

Su función fue llevar una petaca de gasolina a otros tres individuos, no identificados, para que llevaran a cabo la acción. El perjudicado no reclamó por los daños porque ya se deshizo de la embarcación.

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La bandera LGTBI puede colgarse en edificios públicos el Día del Orgullo https://elfarodeceuta.es/bandera-lgtbi-edificios-publicos-dia-orgullo-psoe-lgtbiq/ https://elfarodeceuta.es/bandera-lgtbi-edificios-publicos-dia-orgullo-psoe-lgtbiq/#respond Tue, 03 Dec 2024 06:13:43 +0000 https://elfarodeceuta.es/?p=1132339 El Tribunal Supremo (TS) ha avalado que se coloque la bandera LGBTI con motivo de la celebración del Día del Orgullo los 28 de junio en edificios públicos, gesto que ya se tiene en Ceuta en los últimos años, al considerar que "ni es un signo o símbolo de significación partidista y tampoco propugna enfrentamiento […]

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El Tribunal Supremo (TS) ha avalado que se coloque la bandera LGBTI con motivo de la celebración del Día del Orgullo los 28 de junio en edificios públicos, gesto que ya se tiene en Ceuta en los últimos años, al considerar que "ni es un signo o símbolo de significación partidista y tampoco propugna enfrentamiento alguno".

Este aval se produce en plena polémica abierta en el 41 Congreso Federal del PSOE con las siglas LGTBIQ+, donde ha incluido una enmienda en su ponencia política para que “ninguna persona de sexo masculino pueda participar en las categorías destinadas a mujeres” además de fijar el acrónimo como LGTBI.

Era uno de los argumentos recurrentes de las corrientes feministas opuestas a la ley trans, que consideran que la autodeterminación de género acabaría dañando los derechos de las mujeres; un hombre podría autodefinirse como "mujer" y participar en competiciones femeninas, con la consiguiente ventaja por sus características físicas derivadas de su sexo biológico.

La eliminación de la Q+ (personas queer y a aquellas de género fluido o no binarias) ha recibido las críticas de Sumar y de Podemos.

"La lucha por los derechos no puede dejar a nadie atrás. No se lucha contra la extrema derecha con las ideas de la extrema derecha", ha advertido Sumar a los socialistas desde su cuenta en X.

También ha sido tajante la reacción de la eurodiputada de Podemos Irene Montero, impulsora de la ley trans como ministra de Igualdad en el anterior gobierno de Pedro Sánchez.

"El PSOE ha aprobado en su congreso federal defender la prohibición de la participación de las mujeres trans en competencias femeninas. Esto es transfobia, las mujeres trans son mujeres, tengan pene o tengan vagina", ha manifestado en un vídeo colgado en X.

El aval del Supremo a colocar la bandera LGBTI

tribunal-supremo

Los magistrados han concluido que no hay impedimento para que se exhiba la bandera arcoiris en un edificio público al entender que no infringe la Ley 39/1981, de 2 de octubre, por la que se regula el uso de la bandera de España y de otras banderas y enseñas, ni vulnera los principios de objetividad y neutralidad de las Administraciones Públicas.

El tribunal sostiene que la bandera LGBTI "se proyecta a favor de la igualdad entre las personas, valor reconocido por la Constitución y por la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea".

Además, la Sala de lo Contencioso-Administrativo recuerda que los artículos 14 y 9.2 de la Carta Magna propugnan la superación de discriminaciones por cualquier circunstancia personal y el artículo 21.1 del documento europeo llama a la proscripción de toda forma de discriminación por razón de la orientación sexual.

El Supremo se ha pronunciado así al resolver dos recursos: uno de Abogados Cristianos contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Aragón, que rechaza; y otro de la Diputación de Valladolid contra una resolución del TSJ de Castilla y León, que estima.

En el caso de Aragón, la bandera LGBTI se exhibió en el balcón principal del Ayuntamiento de Zaragoza. En Castilla y León, la bandera arcoiris ondeó en el patio interior de la Diputación Provincial de Valladolid. Abogados Cristianos recurrió en ambos casos y el asunto, tras pasar por los tribunales de dichas comunidades autónomas, ha terminado sobre la mesa del Supremo.

 

 

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Multa tras escapar de la Guardia Civil cuando estaba detenido https://elfarodeceuta.es/multa-escapar-guardia-civil-cuando-estaba-detenido/ https://elfarodeceuta.es/multa-escapar-guardia-civil-cuando-estaba-detenido/#respond Tue, 03 Dec 2024 06:00:14 +0000 https://elfarodeceuta.es/?p=1132294 La titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Ceuta condenó al llamado A.M.A. por un delito de quebrantamiento de custodia. El acusado reconoció los hechos y aceptó la pena de 6 meses de multa con una cuota diaria de 3 euros. Pena de multa que tendrá que abonar íntegramente, ya que, de no […]

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La titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Ceuta condenó al llamado A.M.A. por un delito de quebrantamiento de custodia.
El acusado reconoció los hechos y aceptó la pena de 6 meses de multa con una cuota diaria de 3 euros. Pena de multa que tendrá que abonar íntegramente, ya que, de no hacerlo, podría ingresar en prisión.
Los hechos a los que se hizo referencia en esta conformidad ocurrieron el 27 de abril de 2021. Sobre las 19:00 horas, el acusado se encontraba detenido bajo custodia de los agentes de la Guardia Civil que lo trasladaban del Centro de Salud Menéndez Tolosa de la localidad de Algeciras a la Comandancia de Ceuta.
Con ánimo de atentar contra el principio de autoridad propinó un empujón a uno de los agentes y se dio a la huida. Tras ese hecho, el acusado fue perseguido por los agentes, quienes le dieron el alto en diversas ocasiones haciendo caso omiso a las indicaciones.
No pudo ser detenido hasta minutos después cuando los guardias civiles pudieron darle alcance. Una situación que llevó a que los agentes tuvieran que actuar de inmediato y alcanzarle en plena vía pública.
El acuerdo previo entre la Defensa y el Ministerio Fiscal evitó la celebración de la vista oral que estaba fijada para este lunes en la sala de lo penal número 1 de nuestra ciudad.
Un acuerdo que le sirvió al acusado para eludir la prisión, pero ahora tendrá que hacer frente al pago de una multa.
De no hacer frente al pago de la multa, el acusado tendrá que cumplir 1 día de prisión cada dos cuotas no satisfechas. Es decir, en este caso el acusado cumpliría 3 meses de prisión.
Hay que destacar que el protagonista de estos hechos solicitó un fraccionamiento del pago debido a que en estos momentos se encuentra sin empleo.

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Le piden multa tras difundir escritos de que el Puerto daba plazas como "trajes a medida" https://elfarodeceuta.es/piden-multa-difundir-escritos-puerto-daba-plazas-como-trajes-medida/ https://elfarodeceuta.es/piden-multa-difundir-escritos-puerto-daba-plazas-como-trajes-medida/#comments Mon, 02 Dec 2024 19:56:55 +0000 https://elfarodeceuta.es/?p=1132212 La titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Ceuta dejó visto para sentencia un juicio contra J.L.L.S.  por un delito de injurias sobre personal de la Autoridad Portuaria. El acusado, que compareció por videoconferencia, se enfrenta a una pena de 14 meses de multa a razón de 10 euros diarios por un delito […]

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La titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Ceuta dejó visto para sentencia un juicio contra J.L.L.S.  por un delito de injurias sobre personal de la Autoridad Portuaria.

El acusado, que compareció por videoconferencia, se enfrenta a una pena de 14 meses de multa a razón de 10 euros diarios por un delito continuado de injurias grave hechas con publicidad. Además se le solicita abonar la cantidad de 20.000 euros por los daños morales causados al denunciante.

Además de dar difusión por redes sociales y revistas, remitió al presidente del Gobierno, a Capitanía Marítima, al ministro de Transporte y Movilidad, al Parlamento Europeo y a 65 destinatarios más un correo electrónico en el que advertía de “posibles irregularidades” para la asignación de una plaza como técnico informático.

El acusado ha sido trabajador durante 30 años en la Autoridad Portuaria y, hablando de su despido, indicó “que se llevó a cabo por represalias por no realizar un informe” solicitado.

Señaló que no conoce de nada al denunciante, que conoció de su destino gracias a otros compañeros sindicalistas.

"Solo pedía que se investigara"

Sobre los documentos que fueron enviados a distintas administraciones, el acusado quiso dejar claro que él nunca afirmaba nada, “solo pedía que se investigara por si existían irregularidades”. “Creo que es una obligación que debería tener cualquier empleado público”, recalcó.

Insistió que su única intención era que “se investigara” por si se había realizado un amaño para otorgar la plaza. “Solo tiene que revisar el nombre de algunas de estas personas para darse cuenta de que hay trajes a medida, no se realizó ningún tipo de examen para que todas las personas estuvieran en las mismas condiciones”.

El acusado siguió en su línea y señaló que tiene el acta de conclusión de competencias, lo que considera “que son indicios importantes” para pedir que se investigara. “Ahora la gente tiene miedo a hablar no le vaya a pasar lo mismo que a mí por tirar de la manta”.

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El acusado negó que tuviera que ver con la querella que se presentó en el Juzgado de lo Social. “Puede que fuera coincidencia que ese día que se dictó sentencia en contra enviara un escrito al presidente del Gobierno, pero yo no tengo que ver en nada con esa denuncia. Nunca he pertenecido a FESEP, ni he sido afiliado”.

El denunciante no entiende la obsesión del acusado

El denunciante, por su parte, señaló que no entiende qué tiene el acusado sobre su persona. “No sé quién es, no entiendo la inquina que tiene contra mí. Tengo a mi familia preocupada y lleva dos años que no para. Hay una sentencia favorable del proceso selectivo y no para, sigue injuriándome”.

Además el denunciante afirmó que se ha planteado en alguna ocasión si se trata “de algo personal”. “Lo único que sé de este señor es que trabajaba en el Faro de Punta Almina pero no lo conocía personalmente hasta que no empezamos a tener este procedimiento”.

Manifestó que a pesar de que se dictó sentencia en el Juzgado de lo Social declarando “la limpieza del proceso”, el acusado siguió “enviando escritos calumniando con nombres y apellidos”.

En estos momentos, el acusado se enfrenta a esta querella y a otras 4 más que se encuentran en estos momentos en la fase de Instrucción. “Él hacía afirmaciones de que los procesos están amañados por amiguismo o familiares. Lo siguió haciendo a pesar de que ya había sentencia de lo Social”.

Ante la insistencia de la Defensa de cómo llegaron los escritos a sus manos, el denunciante señaló que el acusado se dedicó a difundirlos “por distintos medios”. “Además fui llamado por Recursos Humanos ya que querían conocer qué había ocurrido”.

En el turno de la última palabra, el acusado insistió que cumplió con “una obligación como ciudadano. Denuncié unas irregularidades para que se investigaran. No he cometido ningún delito”.

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La última palabra de los acusados por blanqueo: defender su inocencia https://elfarodeceuta.es/ultima-palabra-acusados-blanqueo-defender-inocencia/ https://elfarodeceuta.es/ultima-palabra-acusados-blanqueo-defender-inocencia/#respond Mon, 02 Dec 2024 13:25:45 +0000 https://elfarodeceuta.es/?p=1132076 El tribunal de la Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta ha dejado visto para sentencia el juicio seguido por blanqueo de capitales desde el pasado mes de octubre, que ha tenido a 12 personas sentadas en el banquillo, una de ellas policía local. Hoy, tras la lectura del último informe por […]

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El tribunal de la Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta ha dejado visto para sentencia el juicio seguido por blanqueo de capitales desde el pasado mes de octubre, que ha tenido a 12 personas sentadas en el banquillo, una de ellas policía local.

Hoy, tras la lectura del último informe por parte de uno de los abogados, ha tenido lugar el momento ofrecido a cada acusado para acogerse al derecho a su última palabra, una especie de mensaje final en el que todos han coincidido básicamente en dos claves: se declaran inocentes y denuncian el trabajo hecho por la Guardia Civil con mayor o menor carga crítica.

Fiscalía ha dejado claro que, de producirse una sentencia condenatoria, solo admitirá la suspensión de la misma durante un periodo de 5 años si no excede de dos años de prisión. En los casos en los que esa pena de cárcel sea superior, se opondría al beneficio de la suspensión.

Las defensas han solicitado lo contrario, además de pedir que las medidas cautelares que se han impuesto durante todos estos años de espera para la celebración de la vista oral sean retiradas.

Madre de los fugados: “Todo esto es catastrófico”

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A.L.R., madre de los dos fugados en este procedimiento, ha dejado claro que todo lo que ha conseguido en la vida ha sido “fruto de mi trabajo”, viéndose ayudada por sus hijos y lamentando que la hija que tiene “esté sentada aquí” porque “no debía estarlo”.

“Para mí todo esto es catastrófico” ha dicho, denunciando que se ha orquestado una actuación cuando los bienes que haya podido adquirir son ajenos a cualquier acción delictiva.

Hermana de los fugados: “Soy inocente de todo”

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A.P.L., hermana de los fugados, se ha proclamado “inocente de todo” lo que se le acusa, exponiendo que ella no tiene culpa alguna de que su padre le pusiera caballos a su nombre cuando solo tenía 11 años. “Si llego a saber que estaba aquí por esta situación le hubiera dicho que no”, ha expuesto.

“La Guardia Civil no sabe el daño que nos ha hecho. No tengo bienes, ni casas, solo tenía un coche y una motocicleta, no me pueden meter por blanqueo. Solo tenía caballos por mi padre, todo lo que se me acusa es totalmente mentira. Soy inocente”, ha recalcado.

M.M.L., policía local: “Mi dolor lo perdono, el de mi familia no”

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La policía local acusada en este juicio también se ha declarado inocente de los delitos por los que se le acusa y ha recordado como le han “metido dos veces en prisión siendo presunta”.

Su dolor lo perdona, pero no el han sufrido sus hijos y padres anunciados, “que lo han sufrido más que yo”.

“No se pueden hacer idea de lo que se sufre, siempre he sido una persona justa, de bien, y hasta los 30 años me funcionó, pero después la justicia no ha sido justa. Confío en estos 3 jueces, que se ajusten a lo demostrado en Sala”, ha pedido.

Ha lamentado la investigación de la Guardia Civil, “que se ha equivocado y bastante”, atribuyéndole por ejemplo 33 vehículos, cuando ha tenido 11 y nunca a la vez, siempre cambiándolos. “Mis 3 propiedades están pagadas con mi nómina, levantándome a las 6 de la mañana, no hay blanqueo, ni organización, ni yo ni nadie de los que están aquí sentados”.

M.A.: “La Guardia Civil no debe faltar a la verdad”

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El acusado M.A., que fue pareja de la hermana del señalado como presunto cabecilla, ha recalcado su “plena inocencia” indicando que todo lo que ha podido conseguir en la vida “lo he ganado trabajando, de manera lícita, con mi nómina, todo es legal”.

“La Guardia Civil no debe faltar a la verdad, pero esto no se cumple, en 9 ocasiones conmigo han faltado a la verdad. He sido condenado antes de tiempo, porque he perdido mi trabajo, mi libertad, no poder viajar, ni ver a familiares, tener que venir a firmar todos los meses y perder un coche nuevo porque me lo han quemado en las dependencias de la Guardia Civil y lo sigo pagando, es una pesadilla de más de cinco años”.

Matrimonio acusado: “Hemos pasado un mal trago”

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El matrimonio formado por C.S.P. y R.T.M. también ha mostrado su inocencia por boca del primero.

“Hemos pasado un mal trago, si hubieran hecho una investigación” adecuada, en relación a la Guardia Civil, se hubiera constatado todo.

“No es criticar a toda la Guardia Civil”, pero sí a los que llevaron esta investigación que les ha conducido al banquillo de los acusados.

N.H.: “Esto ha causado impacto en mi familia”

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El acusado N.H., que estuvo trabajando en la hamburguesería del cabecilla fugado, ha dicho que de todos los delitos que “se me imputan me declaro inocente”, apuntando a que todo esto “ha causado un impacto grande en mi familia a nivel emocional”.

“Lo hemos pasado muy mal estos cinco años”, ha sentenciado.

El señalado como otro clan familiar apunta a su inocencia

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El resto de acusados, señalados como presuntos miembros de un clan familiar, han declarado también su inocencia.

Así el llamado F.R.L. ha indicado que “somos inocentes” y “no tenemos nada que ver” en cuando a los delitos con los que se le relaciona.

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Su esposa, C.M.V. también ha hecho hincapié en su “inocencia” tanto la suya propia como la de su familia, ya que en el banquillo se sientan sus padres y una tía.

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Por su parte, la madre D.V. ha indicado que es “inocente” y que “de blanqueo no sé nada” ya que solo “manejo el dinero de mi marido, que todo es trabajado por él”.

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Su esposo A.M., que se ha emocionado rompiendo a llorar, ha insistido en que “gracias a dios de blanqueo nada” resaltando que el dinero que ha ganado ha sido legalmente “gracias a dios”.

“Nunca he tenido ningún percance”.

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La tía del matrimonio, M.V.O. también ha dicho que es “inocente”.

Último informe antes de quedar visto para sentencia

Antes del derecho a la última palabra ha tenido lugar el informe del último abogado en intervenir, quien, al igual que el resto ha hecho prevalecer el principio in dubio pro reo para solicitar una sentencia absolutoria para sus patrocinados, cuatro acusados miembros de una misma familia.

Al igual que otros profesionales que le han precedido ha cuestionado la investigación realizada por la Guardia Civil, Cuerpo del que no duda “su honor” tras confesar que tanto él como su familia se salvaron de un atentado frustrado de ETA gracias precisamente al Instituto Armado. Son reproches, ha reseñado, contra funcionarios en concreto y su exceso de celo que “ha hecho que su actuación no sea lo afortunada que debería ser”.

“Bajo el manto de la investigación”, ha destacado el letrado, no se puede aludir a hechos inexistentes, lamentando que los agentes parecen haberse atribuido “el don de la perfección absoluta”.

“Los atestados en un claro ánimo quizás ante el fracaso de las diligencias” que se siguieron por narcotráfico, “con el propósito de imputar delitos inexistentes construyen relato falso sobre hechos” que no se producen, ha recalcado, negando el valor probatorio de los atestados que han sido base para la investigación del blanqueo de capitales que lleva a 12 personas a estar sentadas en el banquillo de los acusados.

“Todo tiene su origen en presuntos delitos de narcotráfico, también alude a la falta de aprehensiones y supuestas organizaciones criminales”, ha expuesto, anunciando su impugnación del escrito de acusación. “No existe narcotráfico ni delito precedente, he sido incapaz de cuantificar el número de veces que he oído esa palabra, pero dónde está la prueba”.

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Rechazan que un coronel de Regulares siga al mando por ser víctima de terrorismo https://elfarodeceuta.es/rechazan-coronel-regulares-siga-mando-ser-victima-terrorismo/ https://elfarodeceuta.es/rechazan-coronel-regulares-siga-mando-ser-victima-terrorismo/#respond Sun, 01 Dec 2024 06:45:33 +0000 https://elfarodeceuta.es/?p=1131657 La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha desestimado el recurso interpuesto por un coronel de Regulares de Ceuta contra las resoluciones del general jefe del mando de Personal, primero, y del general del Ejército (JEME), después, que rechazaron su petición de prórroga del destino. El afectado había solicitado esa permanencia argumentando ser […]

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La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha desestimado el recurso interpuesto por un coronel de Regulares de Ceuta contra las resoluciones del general jefe del mando de Personal, primero, y del general del Ejército (JEME), después, que rechazaron su petición de prórroga del destino. El afectado había solicitado esa permanencia argumentando ser víctima de terrorismo.

Tal y como se recoge en la sentencia a cuyo contenido ha tenido acceso El Faro de Ceuta, el recurrente, coronel de Regulares, pidió en abril de 2021 la prórroga por el plazo de un año (desde mayo de 2022 al mismo mes de 2023) de su derecho a solicitar un destino como víctima de terrorismo.

En hasta dos resoluciones no se le dio la razón y ahora es la Justicia la que no solo desestima su recurso, sino que además impone el pago de las costas.

En sentencia se recoge que “la motivación de la denegación se encuentra in alliunde en el informe de la asesoría general, que expone que de la simple lectura del precepto en cuestión cabe concluir claramente que el derecho de petición de destino conferido al personal militar declarado víctima de terrorismo debe ser ejercitado una sola vez, y dentro del límite temporal de cinco años a computar desde el reconocimiento de dicha condición de víctima”.

Solo se podría recoger una excepción de concurrir circunstancias objetivamente justificadas, “que son las que harían factible una nueva asignación, pero nunca una prórroga o alargamiento del límite temporal de cinco años antes referido”, se expone.

En el recurso de alzada, además de contestar las razones formales aducidas sobre falta de motivación y no vinculación al informe de la asesoría jurídica, se razonó que el precepto reglamentario establece que debe ejercitar su derecho una sola vez y dentro del límite temporal de cinco años a computar desde el reconocimiento de dicha condición de víctima, circunstancia que tuvo lugar el 24 de mayo de 2017 por lo que su derecho, atendiendo a dicho tenor literal, terminaría el 24 de mayo de 2022, sin que concurra una circunstancia objetiva y justificada que permitiría prorrogar ese plazo.

Lo “contrario a la norma”

 El recurrente, que obtuvo la insignia de la Real Orden de Reconocimiento Civil a las víctimas del terrorismo, discrepó a través de su representación letrada en cuanto a la interpretación del plazo para ejercer el derecho a solicitar un destino como víctima del terrorismo por una sola vez y en un periodo máximo de 5 años desde el reconocimiento.

“El derecho reconocido a las víctimas de terrorismo lo es solo para solicitar nuevo destino, como circunstancia excepcional por su condición de víctima. No es una medida prevista en la normativa reguladora al margen de lo establecido en la relación de puestos militares y en la publicación de las vacantes”, se indica en sentencia.

“Lo que pretende el recurrente”, advierte el tribunal, “es permanecer en su destino para continuar el mando que estaba ejerciendo como coronel jefe una vez que finalice el tiempo máximo de permanencia, lo que además de ser contrario a las exigencias de la previsión normativa para la ampliación del plazo, es una circunstancia completamente ajena al derecho de solicitud de nuevo destino en que pretende ampararse”, zanja.

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Prorrogada la prisión del asesino del niño Mohamed https://elfarodeceuta.es/prorrogada-prision-asesino-nino-mohamed/ https://elfarodeceuta.es/prorrogada-prision-asesino-nino-mohamed/#comments Sun, 01 Dec 2024 06:22:42 +0000 https://elfarodeceuta.es/?p=1131651 El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 6 de Ceuta ha dictado auto de prórroga de prisión para Cristian B.P., detenido por el asesinato del niño Mohamed en Loma Colmenar en diciembre de 2022. En el auto, a cuyo contenido ha tenido acceso este periódico, se acuerda extender esta medida durante dos años más. […]

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El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 6 de Ceuta ha dictado auto de prórroga de prisión para Cristian B.P., detenido por el asesinato del niño Mohamed en Loma Colmenar en diciembre de 2022. En el auto, a cuyo contenido ha tenido acceso este periódico, se acuerda extender esta medida durante dos años más.

El detenido por asesinato y agresión sexual a menor fue arrestado en enero de 2023, tras una detallada investigación realizada por la UDEV de la Policía Nacional, cuyos agentes no cesaron en su labor hasta dar con la resolución de un caso que se antojaba complejo.

Esta semana se ha celebrado comparecencia judicial con el investigado presente para solicitar esa prórroga de prisión en una petición de la Fiscalía a la que se adhirió la Acusación Particular, que ha sido atendida de forma favorable por la instructora.

En este caso, las circunstancias especiales hacen prever que la causa no va a ser juzgada en los plazos previstos legalmente, dado que se está todavía pendiente de una prueba ampliatoria pericial respecto del estado psíquico del acusado.

Por ello se tuvo que solicitar esa prórroga de prisión comunicada y sin fianza para quien se enfrenta a la mayor pena prevista en nuestro texto legal, la prisión permanente revisable, que fue solicitada tanto por la Fiscalía como por la Acusación Particular que representa los intereses de la familia del pequeño, asesinado cuando solo contaba con 8 años de edad.

“Riesgo de huida” y “nula colaboración”

La jueza instructora ha adoptado esta medida a tenor de la pena que pudiera pedirse en el acto de juicio oral cuando este sea señalado, así como por la existencia de un “evidente riesgo de huida” toda vez que “no existió colaboración alguna con la acción de la fuerza actuante” ya que Cristian B.P. permaneció oculto de la acción de la justicia hasta que la Policía Nacional dio con su paradero.

De no haber sido por la labor de la UDEV no se habría dado con el autor confeso a quien los agentes detuvieron en plena calle.

“Señala el artículo 504.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que la prisión provisional sólo ha de durar el tiempo imprescindible y siempre que se cumplan y mantengan los requisitos legales que llevaron a su adopción que, en el presente supuesto, se detallaron debidamente en la resolución por la que se decretó tal situación respecto del detenido y que se considera que subsisten”, explica su señoría en la resolución.

“Como medida restrictiva de la situación personal que es, la prisión provisional está sometida por imperativo legal a unos plazos máximos, señalados en el artículo 504.2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que evitan que se convierta en una medida de duración indefinida, sólo sujeta a la pena que eventualmente se impusiera en sentencia”, concreta.

“Sin embargo, con carácter excepcional, el mismo precepto legal autoriza al juez o tribunal a prorrogar por una sola vez la situación de prisión provisional cuando concurrieren circunstancias que hicieran prever que la causa no podrá ser juzgada en los plazos señalados y, en todo caso, a petición de las acusaciónes”, puntualiza.

Así ha sido en este caso, fijándose la medida de privación de libertad durante dos años más.

Los antecedentes del detenido y la reiteración delictiva

Con la adopción de esta medida cautelar, apunta la instructora, “se trata de evitar asimismo el riesgo de reiteración delictiva toda vez que le consta al acusado condena por robo violento, así como un procedimiento por otra agresión sexual del Juzgado Mixto número 3 de Ceuta que tuvo que archivarse al no comparecer la víctima a requerimiento del órgano judicial”.

Esto viene a denotar que existe ese peligro de que vuelva a atentar contra los bienes jurídicos de cualquier otra persona, por lo que la prórroga de prisión se considera que es la “medida idónea”.

La Defensa solicitó la entrada de su cliente en centro psiquiátrico toda vez que el investigado está incapacitado por el Mixto número 2 de Ceuta siendo su madre su curadora. Sin embargo, se ha acordado que debe ser el centro penitenciario de Ceuta y la Junta de tratamiento oportuna la que decida en el futuro su traslado o no a un centro de estas características.

“Tenía ganas de contarlo”

En semanas se cumplirán dos años de este asesinato. Un crimen que podrá ser juzgado porque hubo un grupo de agentes que se entregaron en cuerpo y alma a dar con la autoría, alejándose de las informaciones confusas que solo podían intoxicar el buen camino de la investigación policial.

En la bautizada como Operación Loma, se revisaron cámaras, se entrevistó a decenas de personas, se solicitaron rastreos telefónicos para detectar conexiones en el entorno de la barriada y se compararon fotogramas. Toda una carrera a contrarreloj y a ciegas para dar con el autor del delito en medio de una psicosis social con muchos factores en contra.

Después de 30 días de silencio, los agentes actuaron y detuvieron a Cristian B.P. en plena calle. “Tenía ganas de contarlo”, dijo cuando los agentes le instaron a subir al coche. “No veía el momento”, añadió.

El hecho es que no contó nada, no lo hizo hasta que los agentes dieron con él culminando una investigación perfecta en la que se cotejaron cámaras, fotogramas, rutas…

En esta dura historia solo queda que un Jurado hable cuando se señale vista oral. Mientras, queda este mensaje grabado en una placa, la que entregó la familia Abdeselam a los agentes que tomaron este caso como su caso: “La familia de Mohamed no encuentra palabras de agradecimiento hacia la UDEV por su tesón constante, implicación, profesionalidad, lealtad y compromiso para dar solución al caso de nuestro hijo. Gracias por vuestra incansable profesionalidad”.

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