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Transfronterizas

Hace unos meses el Gobierno de la Nación decidió autorizar nuevamente a contratar como empleadas de hogar a personal procedente de Marruecos.   Para facilitar el contrato de estas trabajadoras, la Administración ha ideado un procedimiento RÁPIDO, SENCILLO Y ECONÓMICO.
Inicialmente hay que ir a la Oficina de Extranjería para pedir informe de lo que hay que hacer. Pero como allí no te atienden si no tienes cita previa, lo único que se consigue es un número de teléfono para concertar dicha cita, que es concedida para unos cuantos días más tarde.
Vuelves a la Oficina de Extranjería y allí te dan toda clase de informes, documentos que hay que aportar e incluso facilitan los impresos a rellenar.
Con estos informes en la mano, lo primero que hay que hacer es ir al INEM para decir que quieres crear un puesto de trabajo. Como es natural te dan la lista de todas las personas de Ceuta que están  esperando un puesto como el que vas a crear. Tienes que decir que no te interesa ninguna de esas personas, pues ya tienes elegida una transfronteriza, por lo que tendrás que volver a los quince días a recoger un certificado que consigne esta circunstancia, ya que, en su día, habrá que presentarlo en Extranjería.
Mientras tanto, la aspirante a empleada de hogar tiene que  solicitar en los organismos oficiales de Marruecos un Certificado de Penales y otro en el que diga que reside en una ciudad limítrofe con Ceuta. Pero como España no debe reconocer ningún documento que no haya sido visado por el Ministerio de Asuntos Exteriores de Marruecos, hay que llevarlo allí para su legalización. Menos mal que éste está en Tánger y no en Rabat y así los 100 Km. se pueden hacer, ida y vuelta, en el día, aunque haya que ir otro día a recoger los documentos, pero por lo menos no hay que pernoctar allí.
Pero claro, Marruecos es un país árabe y sus documentos los escribe en árabe. Hay que buscar un traductor autorizado que haga la trascripción al español.
Terminados los trámites con las autoridades marroquíes hay que llevar esos documentos al Consulado Español de Tetuán, para su legalización, por lo que hay que hacer los correspondientes viajes para entregar y luego para recoger.
Cada una de estas actuaciones tiene sus tasas, además de los distintos  viajes, pero quien se lleva la palma en cuanto tasas es el Consulado Español: Por legalizar los dos documentos que se le presentan hay que pagar 81 euros. No está mal.
Ya están los documentos en Ceuta. Hasta ahora yo creía que los consulados dependían del Ministerio de Asuntos Exteriores. Pues no debe ser así o es que en el Ministerio no se fían de cómo hacen las cosas en los consulados, el caso es que estos documentos hay que mandarlos PARA SU NUEVA LEGALIZACIÓN,  al Ministerio de Asuntos Exteriores, en Madrid, por el medio que se considere oportuno, pero eso si, con gastos pagados para la vuelta, vuelta que tarda 30 días aproximadamente.
Ya han pasado dos meses, se tienen los documentos legalizados y junto con el resto de documentación (certificado médico, contrato de trabajo, copia del pasaporte, certificado del INEM, copia de la Declaración de la Renta y alguna cosa más) se puede pedir cita en Extranjería, que la conceden para 15 ó 20 días más adelante.
Te presentas en Extranjería y, si todo está correcto, te dan unos papeles para pagar las tasas, casi 200 euros, que hay que ingresar en el banco y volver con el resguardo a dicha oficina, pues hasta que no tengan constancia de que se ha pagado no se tramita nada. Y ahora a esperar a que te avisen. Según las normas tienen hasta 3 meses para contestar, aunque lo hacen antes, un mes es el plazo razonable.
De nuevo te presentas en Extranjería donde recibes la notificación de que ha sido aprobada la solicitud, junto con el impreso para pagar en el banco el importe de la tarjeta de extranjero.
Ya se puede ir a la Seguridad Social para asegurar a la empleada de hogar. Se presentan los papeles y los trámites son rápidos. Claro que Extranjería no se comunica con la Seguridad Social y entonces hay que volver allí para entregar una copia de la inscripción, caso contrario se paraliza todo.
Ahora, la aspirante a empleada tiene que personarse en Extranjería para la confección de la tarjeta de extranjero, que debe recoger al cabo de dos meses (no está mal el plazo). También debe presentarse en el Centro de Salud para recibir la tarjeta sanitaria y asignación de médico de cabecera. Para este último trámite presenta un escrito de la Tesorería de la Seguridad Social en el que ya le han asignado número, puesto que la documentación está en regla. Pues en el Centro le dicen que tiene que llevar uno de los documentos que ya se ha presentado en la Tesorería (¿no se hablan entre ellos?).
Es decir que, si las cosas van normales y no hay que rectificar nada, el empleador tiene que hacer seis visitas a la Oficina de Extranjería, dos al INEM y una a la Tesorería de la Seguridad Social, además de múltiples gestiones; y la empleada dos visitas a la Oficina de Extranjería y otras dos al Centro de Salud (¿Esto es lo que se llama ventanilla única?).
Resumiendo, en un plazo próximo a los seis meses y con un gasto de casi 500 euros (si es que todo se hace personalmente), ya se tiene a la Empleada de Hogar completamente legalizada. Es decir, como decía al principio, un procedimiento RÁPIDO, SENCILLO Y ECONÓMICO. Además esto tiene la ventaja de que como el permiso lo dan para un año, se pueden coger unos días de descanso antes de iniciar los trámites para la renovación.  

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