Existen otras formas de maltrato contra las mujeres, como el abuso económico, que transgreden el derecho fundamental de autonomía e independencia. La mayoría de las personas dicen estar en contra de la violencia de género, pero no todo el mundo tiene conciencia de los distintos tipos de violencia que existen y de cómo el agresor puede maltratar a la mujer sin necesidad de ponerle una mano encima.
Se ha hablado mucho de la violencia física y también de la psicológica. Sin embargo, existe otra violencia con efectos devastadores para la víctima y para sus hijos e hijas: la violencia económica.
Podemos definir la violencia patrimonial y económica como “toda conducta activa u omisiva que directa o indirectamente, en los ámbitos público y privado, esté dirigida a ocasionar un daño a los bienes muebles o inmuebles en menoscabo del patrimonio de las mujeres víctimas de violencia o a los bienes comunes, así como la perturbación a la posesión o a la propiedad de sus bienes, sustracción, destrucción, retención o distracción de objetos, documentos personales, bienes y valores, derechos patrimoniales o recursos económicos destinados a satisfacer sus necesidades; limitaciones económicas encaminadas a controlar sus ingresos; o la privación de los medios económicos indispensables para vivir”.
La violencia de género no es el fin, es el medio. El agresor utilizará todo lo que tiene en su poder para controlar y dominar a la mujer.
Cuando hablamos de violencia económica, hacemos referencia, por tanto, a la desigualdad en el acceso a aquellos recursos económicos que deberían ser compartidos entre hombre y mujer. Así, constituyen ejemplos de violencia económica el impago de la pensión alimenticia para el mantenimiento de los hijos e hijas o no hacer frente a la hipoteca cuando debe asumirse por los dos miembros de la pareja. Esta situación puede hacer prolongar en el tiempo la dependencia de la mujer hacia el hombre.
Los poderes públicos no pueden ser ajenos a esta realidad que impide a las mujeres acceder a su autonomía e independencia y que, en ocasiones, aboca a la pobreza y exclusión social a la progenitora y a sus hijos e hijas.
El Gobierno de la nación dio los primeros pasos en este sentido mediante la creación por Ley 42/2006, de 28 de diciembre, de un Fondo de Garantía del Pago de Alimentos. Dicho fondo ha sido objeto de regulación por el Real Decreto 1618/2007, de 7 de diciembre.
En la actualidad, algunas comunidades autónomas han empezado a regular sus propios planes de crédito que actúan de forma complementaria a la iniciativa del Gobierno central. Sin duda, nuestra ciudad debe sumarse a esta nueva vía e implementar sus propios recursos para atender a las víctimas de violencia de género que siguen estando sometidas a la coerción económica por parte de sus agresores.
Los asistentes al Teatro Auditorio del Revellín han podido disfrutar este sábado en Ceuta de…
El programa de becas de la Fundación Amancio Ortega ha finalizado el proceso de selección…
La AD Ceuta afronta su último encuentro del año 2024 en el estadio 'Alfonso Murube'…
La llegada de cientos de personas a Ceuta con ánimo de cruzar a Marruecos aprovechando…
Con profunda tristeza y un gran vacío en el corazón, despedimos para siempre a nuestro…
La nueva naviera Ceuta Lines, perteneciente al grupo Balear Sercomisa, ha iniciado gestiones para operar…