El tribunal de la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta dictó ayer sentencia firme condenatoria contra un hombre acusado de cometer un delito de estafa, de los artículo 248 y 249 del Código Penal, y otro delito continuado de falsedad de documento mercantil, del artículo 390 del mismo cuerpo legal. La pena que se le impuso fue de dos años de prisión más una multa de 314 euros (cinco meses y siete días de multa a razón de dos euros la cuota diaria). El hombre que se sentó en el banquillo de los acusados no deberá ingresar en prisión, ya que el tribunal le concedió la suspensión condicional de la condena, sujeta en un principio al abono de la responsabilidad civil. Paralelamente, los magistrados de la Audiencia Provincial le impusieron también la obligación de abonar 37.000 euros en concepto de indemnización a la empresa para la que el acusado cursó los contratos. En este punto es donde entra un segundo acusado que sólo se sentó en el banquillo como responsable civil subsidiario, es decir, como encargado de pagar la indemnización en el caso de que el principal condenado no lo hiciera.
Los hechos por los que el hombre fue acusado tuvieron lugar entre el mes de julio del año 2001 y marzo del 2002. El principal condenado trabajaba para un comercio en el que había productos de telefonía móvil con ‘Amena’. Según el relato de hechos, en ese tiempo, el acusado formalizó una serie de contratos de telefonía móvil por los que recibió un total de 64.816,41 euros en concepto de comisión por parte de la empresa Retevisión. El problema es que los titulares de las líneas contratadas no dieron su consentimiento en muchos de los casos. Según recogen los documentos oficiales, durante el tiempo en el que el hombre estuvo delinquiendo realizó un total de 234 altas de línea que se correspondían con 47 clientes en total.
El acusado reconoció la comisión de los hechos y se conformó con la pena que le ofrecía la representante del Ministerio Fiscal, que rebajó considerablemente sus pretensiones acusatorias.
El juicio podía haberse alargado
Las previsiones de los funcionarios de la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta pasaban porque el juicio de ayer se alargara durante un total de tres días si se hubiera celebrado. No obstante tenían que pasar a declarar por la sala de vistas de la Audiencia Provincial un total de 47 personas, algunas de ellas incluso a través de videoconferencia. Al final, el Fiscal reconoció la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas que sirvió para cerrar un caso abierto desde el 2003.