El Instituto de Estudios Ceutíes ha hecho pública la convocatoria de ayudas a la investigación del ejercicio correspondiente a 2010, por la cual se conceden ayudas a la investigación en régimen de concurrencia competitiva, cuya finalidad sea el estudio y la recopilación de nuevos datos sobre la realidad ceutí y de su entorno. En la concesión de las ayudas se priorizarán los proyectos que versen sobre campos poco estudiados y especialmente aquellos que traten los temas señalados en el Anexo de la presente convocatoria.
A esta convocatoria podrán concurrir investigadores de cualquier nacionalidad, individualmente o formando equipo. Se podrán otorgar tantas ayudas como permita la partida económica consignada al efecto, con una dotación máxima para cada una de ellas de 4.500 euros, que serían abonados de la siguiente forma: el 10% tras la concesión y el resto cuando sea aceptada la memoria definitiva. La no entrega de esta memoria en los plazos establecidos o la no aceptación de la misma por esta Institución supondrán la automática devolución de la ayuda recibida.
Las solicitudes se dirigirán a la Junta Rectora del Instituto de Estudios Ceutíes, con dirección en el Paseo del Revellín nº 30, 51001, Ceuta. Apartado de Correos nº 593-51080, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. La presentación de solicitudes tendrá como fecha límite el 30 de octubre de 2010.
Los aspirantes deberán presentar fotocopia del DNI o equivalente, currículo vitae, proyecto de investigación, plazos de ejecución y propuesta de gastos, todo ello convenientemente desarrollado y justificado, adjuntando copia de esta documentación en soporte digital. Los solicitantes quedarán vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus peticiones, responsabilizándose de los mismos.
El Tribunal Calificador estará compuesto por el director del Instituto de Estudios Ceutíes en calidad de presidente; el de la Junta rectora del IEC, como secretario; y cuatro vocales designados también por la Junta Rectora. El Tribunal Calificador se reunirá y adoptará una decisión en los noventa días siguientes a la finalización del plazo de admisión de solicitudes, decisión que será inapelable.
Los criterios de valoración serán originalidad de la temática; repercusiones prácticas y proyección futura; pertinencia y actualización de las fuentes documentales; idoneidad de la metodología; experiencia investigadora de los solicitantes, y potencialidad como publicación del IEC.
El plazo para la realización de los trabajos de investigación será de un año, aunque se podrá conceder una prórroga de hasta seis meses previa solicitud por parte de los beneficiarios de tales ayudas. En este caso, el Tribunal Calificador evaluará los motivos del incumplimiento y si lo creyese oportuno, dado el interés del trabajo, podrá de forma excepcional otorgar esta prórroga. En caso contrario se rechazará el proyecto y los beneficiarios estarán obligados a devolver la cantidad adelantada.